REPUBLICA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE. SAN FERNANDO DE APURE 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO (2.004).-
194° y 145°
Visto el contenido del Informe emanado del Centro Infantil de Protección Inmediata C.I.P.I, de fecha 21-10-04, visto igualmente el contenido del informe realizado por la Trabajadora Social de este Tribunal de fecha 08-11-2004, y en atención al contenido de las actas que conforman el presente expediente; este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado apure, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA la Colocación en Entidad de Atención del niño CARDOZO EDGAR JESUS , en la Casa Taller “Fray Buenaventura Benaocaz” del Municipio Biruaca del estado Apure, así mismo decreta la colocación en Entidad de Atención de los niños OSCAR JESUS y MARIA FERNANDA GONZALEZ CARDOZO en el Centro Infantil de Protección Inmediata C.I.P.I, ahora bien por cuanto los indicados niños se encuentran actualmente en la siguiente dirección: Final de la Calle Principal del Barrio San Luis (vía Perimetral), se acuerda oficiar al Departamento de Ayuda Juvenil del Instituto Nacional del Menor a los fines de que se sirva efectuar el traslado de los indicados niños hasta el Centro que les corresponda. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 131, 126 literal (i) y 128 en relación con los artículos 396 y 397 literal (a) todos de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese lo conducente.- CUMPLASE.-
EL JUEZ PROV.
DR. CASTOR JOSE UVIEDO
EL SECRETARIO
+ ABG. RAMON RIVAS
EN ESTA MISMA FECHA SE DIO CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO
EL SECRETARIO
ABG. RAMON RIVAS
EXP: 8006/CJU/lesvie.-
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