REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

ACTA DE EJECUCIÓN

COMISIÓN N° 04-1518.-


En el día de hoy, Primero de Noviembre del año dos mil cuatro, siendo las 10:15 a.m, conforme a lo acordado en el auto anterior, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el inmueble ubicado en la Urbanización Las Terrazas, Calle Principal, Primera Transversal, Parcela N° 15, Municipio San Fernando, Estado Apure, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Librada en el Juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA A PLAZO, Instaurado por la ciudadana KATIUSKA YOBALINA AGÜERO, en su carácter de presidente del Instituto de la Vivienda del Estado Apure (INVAP), contra la ciudadana ANA CRISMAN FLORES ARTAHONA, Y Ejecutar la Medida de Secuestro decretada por el Comitente, se notifica de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de Comisión al ciudadano JULIO MANUEL MONTILLA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.716.503, en su condición de ocupante del inmueble donde se encuentra constituido este Tribunal Presente en este acto la ciudadana KATIUSKA YOBALINA AGÜERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.167.764, en su condición de presidente del Instituto de la Vivienda del Estado Apure (INVAP), debidamente asistida en este acto por la Abogada en Ejercicio OLGA YUDIT DE MATERAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.463.528, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 16.542, quien solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue, expuso: señalo para ser Secuestrado el inmueble constituido por una casa para la habitación familiar, Ubicada en la Urbanización Las Terrazas, Parcela N° 15, en Jurisdicción del Municipio San Fernando de Apure del Estado Apure, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Parcela N° 09., SUR: Primera Transversal., ESTE: Parcela N° 14 y OESTE: Parcela N° 15- A. El Tribunal visto el señalamiento anterior hecho por la parte actora asistida de Abogado, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: formalmente Secuestrado el bien inmueble anteriormente señalado y descrito y declara la desposesión Jurídica del mismo. Seguidamente la parte Actora asistida de Abogado solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue, expuso: Solicito al Tribunal que por cuanto el ciudadano JULIO MANUEL MONTILLA GONZALEZ, antes identificados, es ocupante del inmueble Secuestrado, sea designado como Depositario Judicial del mismo, es todo. El Tribunal visto la solicitud anterior hecha por la parte actora, asistida de Abogado, procede a designar como depositario Judicial del bien Secuestrado al ciudadano JULIO MANUEL MONTILLA GONZALEZ, antes identificado, quien estando presente acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente con los deberes y derechos inherentes al mismo. Seguidamente el Tribunal le hace entrega del bien Secuestrado al Depositario Judicial Designado quien manifiesta recibirlo conforme y mantenerlo a la orden del Tribunal de la causa. Concluida la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural, siendo las 11:20 a.m.- Terminó se leyó conformes firman: La Juez Prov, Dra. Ligia Puerta Valdez, La parte actora y su Abogado Asistente, Katiuska Agüero. Dra. Olga de Materan. El Notificado - Depositario Judicial, Julio Manuel Montilla. El Alguacil Miguel Bravo. La Secretaria, Dra. Maria Milagro Aranguren.-

Com: 04-1518.-
Af.-