REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA:

PRIMERO: con lugar la aprensión en Flagrancia del ciudadano, LUIS RICARDO AVILA LUNA, titular de la cédula de identidad 12.741.115, por los algunitos expuesto en la narrativa, de conformidad a lo previsto en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia a lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.


SEGUNDO: Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad establecida en el artículo 256 ordinal 3° 4°,5° y 9°, en concordancia con el artículo ambos del Código Orgánico Procesal Penal 259, el no cumplimiento dará lugar a la revocatoria de las mismas sin previa notificación.


TERCERO: Proseguir la fase preparatoria y la secuela del proceso en la presente causa por el procedimiento ordinario; todo ello de conformidad a lo establecido a las previsiones del encabezamiento del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.


CUARTO: Devolver el legajo contentivo de la causa hasta la Fiscalía Primera del Ministerio Público, a los fines de la prosecución de la averiguación.

Librese boleta libertad al ciudadano LUIS RICARDO AVILA LUNA, titular de la cédula de identidad N° 12.741.115 y ofíciese a la Comandancia de la Policía notificándole la presente decisión Se dan por notificadas las partes de la decisión del Tribunal, conforme a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Ha concluido la audiencia. Es todo. Termino se leyó y conforme firman. Cúmplase.


JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

DRA. LEONOR PEREZ DE GOMEZ