REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 19 de Octubre de 2.004
194º y 144º
AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN DE IMPUTADO
CAUSA N° 1C-6330-04
JUEZ : DRA. NORKA MIRABAL RANGEL
FISCAL: FISCAL NOVENO DEL MINISTERIO PÚBLICO.
DEFENSOR PRIVADO: DR. FRANK TOVAR CAMARIPANO
VÍCTIMA : DIAZ PARRA HECTOR JOSE
SECRETARIA: ABG. ATAMAYCA QUEVEDO
DELITO: CONTRA LA ACTIVIDAD GANADERA
IMPUTADO IBARRA ANTONIO JOSE, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° 9597059, albañil, residenciado en el Barrio la Morenera calle 12 al final cerca del terminal de la ruta, SUAREZ BELIZARIO ARGENIS, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad 16.528.214, albañil, residenciado en el Barrio Dios con nosotros, primera trasversal, N° 18 frente a la bodega mercal , HERNÁNDEZ TORO WILMER JOSE, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad, 17.607.548, insalud, residenciado en el Barrio Santa Teresa, calle principal al frente la licorería santa teresa, N° 21, ALCANTARA JEMINA BACILISA, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad 10.619.745, secretaria, residenciado en el Barrio Dios con nosotros N° 15, diagonal con mercal. MATUTE NILDA JOSEFINA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad 15.512.469, estudiante, residenciado en la calle Bolívar al final, guayabal Estado Guarico, diagonal al ambulatorio

En el día de hoy, diecinueve (19) de Octubre de 2004 siendo las 5:45 horas de la tarde oportunidad fijada para realizarse la Audiencia de Presentación de Imputado(s) IBARRA ANTONIO JOSE, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° 9597059, SUAREZ BELIZARIO ARGENIS, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad 16.528.214, albañil, HERNÁNDEZ TORO WILMER JOSE, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad, 17.607.548, ALCANTARA JEMINA BACILISA, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad 10.619.745, MATUTE NILDA JOSEFINA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad 15.512.469, en virtud de la solicitud interpuesta por el Fiscal quinto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial DRA FANNY CABARCAS HIDALGO, se dio inicio al acto y el ciudadano Juez de conformidad con lo previsto en el artículo 137 del Código Orgánico Procesal Penal, informa al imputado que tiene derecho a nombrar un abogado de su confianza como su defensor y sino lo hace el Juez le designará un defensor publico, el imputado manifiesta que tiene defensor privado, el DR. FRANK TOVAR CAMARIPANO quien juro cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes al cargo para el cual fue designado. Se declara abierta la audiencia y el ciudadano Fiscal del Ministerio Público, DRA FANNY CABARCAS HIDALGO manifiesta: “ Se hace formal presentación de los ciudadanos, IBARRA ANTONIO JOSE, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° 9597059, SUAREZ BELIZARIO ARGENIS, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad 16.528.214, albañil, HERNÁNDEZ TORO WILMER JOSE, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad, 17.607.548, ALCANTARA JEMINA BACILISA, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad 10.619.745, MATUTE NILDA JOSEFINA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad 15.512.469, los cuales se encuentran involucrados en un delito previsto y sancionado en la Ley de Protección ala Actividad Ganadera en su articulo 8, tal como se evidencia del acta Policial de fecha17-10-04, la cual me permito leer… leída el acta policial solicito la imposición de los Imputados de las Medidas Cautelar Sustitutivas d e la Libertad establecida en el articulo 256 ordinal 3° 6° y 8° y proseguir con el procedimiento por el vía ordinaria de conformidad encabezamiento del articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal; Es todo. Acto seguido el Tribunal impone al Imputado del contenido del artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de los artículos 125 ordinales 1° y 9°, 131 y 133 del Código Orgánico Procesal Penal, en el sentido de que no esta obligado a declarar en causa propia y en caso de consentirlo a no hacerlo bajo juramento, se le explicó el hecho que se le atribuye con las circunstancias de tiempo, lugar y modo de comisión, el imputado manifestó querer declarar y libre de apremio, coacción y sin juramento expuso: quienes manifestaron su deseo de no declarar. ”a continuación se le concede el derecho de palabra a el defensor. DR. FRANK TOVAR CAMARIPANO, quien expone: Esta defensa de los ciudadanos IBARRA ANTONIO JOSE, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° 9597059, SUAREZ BELIZARIO ARGENIS, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad 16.528.214, albañil, HERNÁNDEZ TORO WILMER JOSE, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad, 17.607.548, ALCANTARA JEMINA BACILISA, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad 10.619.745, MATUTE NILDA JOSEFINA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad 15.512.469, se adhiere parcialmente ala solicitud fiscal en razón de que se aplique medidas cautelares sustitutivas de Privación de Libertad, solo que en el caso de mis defendidas ALCANTARA JEMINA BACILISA, y MATUTE NILDA JOSEFINA quienes por ser amas de casa y madres de familia, pido se les acuerde caución juratoria de conformidad con el articulo 259 del Código Orgánico Procesal Penal , presentando constancia de estudios de la ciudadana MATUTE NILDA JOSEFINA originales y copias para ser confrontados y me sean devueltos los originales Es todo. Seguidamente la ciudadana Juez toma la palabra y expone: Oida la exposición Fiscal asi como la adhesión que de ella hiciera en forma parcial la defensa, este Tribunal Observa: Primero: Revisadas las actuaciones que conforman la presente causa contentiva en ella de acta policial de fecha 17-10-04, la cual refiere que en labores de patrullaje en la población de Biruaca funcionarios policiales cuando avistaron a tres ciudadanos quienes manifestaron que tres sujetos quienes se andaban en un vehículo descrito en la citada acta, interceptándolo y haciéndole un llamado por el parlante, atravesándosele la unidad, de los cuales se bajaron cinco personas, encontrándose en el vehículo tres (03) sacos de carne contentivo de carne fresca y un cuero marcado con el hierro descrito, considerando este tribunal que tal detección fue practicada en flagrancia, ya que fueron detenidos a poco de haberse realizado el acto; SEGUNDO: Se declara con lugar la solicitud fiscal en cuanto a la prosecución del la investigación por el procedimiento ordinario conforme a lo estatuido en el articulo 373 encabezamiento del Código Orgánico Procesal Penal Tercero: Se acuerdan Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad a nombre de los ciudadanos IBARRA ANTONIO JOSE, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° 9597059, albañil, residenciado en el Barrio la Morenera calle 12 al final cerca del terminal de la ruta, SUAREZ BELIZARIO ARGENIS, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad 16.528.214, albañil, residenciado en el Barrio Dios con nosotros, primera trasversal, N° 18 frente a la bodega mercal , HERNÁNDEZ TORO WILMER JOSE, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad, 17.607.548, insalud, residenciado en el Barrio Santa Teresa, calle principal al frente la licorería santa teresa, N° 21, ALCANTARA JEMINA BACILISA, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad 10.619.745, MATUTE NILDA JOSEFINA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad 15.512.469 de conformidad con las previsiones del Código Orgánico Procesal Penal.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:

PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud fiscal en el sentido de Proseguir la fase preparatoria y la secuela del proceso de la presente investigación por el procedimiento ordinario de conformidad a las previsiones del encabezado del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal

SEGUNDO: Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad a nombre de las ciudadanas ALCANTARA JEMINA BACILISA, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad 10.619.745, MATUTE NILDA JOSEFINA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad 15.512.469, de conformidad con las previsiones de los artículos 256 ordinal 3° y 6° en concordancia con el articulo 259 del Código Orgánico Procesal Penal , constante de presentaciones cada (10)diez días por ante el área de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal así como la prohibición de comunicarse con la Victima DIAZ PARRA HECTOR JOSE, aunado a la prestación de una caución Juratoria ante este Tribunal de no ausentarse de la jurisdicción y presentarse las veces que se le requiera.

TERCERO: Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad a nombre de los ciudadanos IBARRA ANTONIO JOSE, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° 9597059, albañil, residenciado en el Barrio la Morenera calle 12 al final cerca del terminal de la ruta, SUAREZ BELIZARIO ARGENIS, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad 16.528.214, albañil, residenciado en el Barrio Dios con nosotros, primera trasversal, N° 18 frente a la bodega mercal , HERNÁNDEZ TORO WILMER JOSE, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad, 17.607.548, insalud, residenciado en el Barrio Santa Teresa, calle principal al frente la licorería santa teresa, N° 21, de conformidad con las previsiones de los artículos 256 ordinal 3, 6 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal , constante de presentaciones cada (10)diez días por ante el área de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, así como la prohibición de comunicarse con la Victima DIAZ PARRA HECTOR JOSE, aunado a la prestación de fianza personal fundada por dos fiadores de reconocida solvencia moral y económica , los cuales responderán por el fiado en caso de evasión, hasta por el salario mínimo establecido.

CUARTO: Remítanse las actuaciones a la Fiscalia 9° del Ministerio Publico a los fines de que continúen con las investigaciones.
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Líbrese boleta de Libertad a nombre de las ciudadanas ALCANTARA JEMINA BASILISA Y MATUTE NILDA JOSEFINA una ves realizado la Caución Juratoria. librese Boleta de Libertad a nombre de los ciudadanos IBARRA ANTONIO JOSE, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° 9597059, SUAREZ BELIZARIO ARGENIS, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad 16.528.214, , HERNÁNDEZ TORO WILMER JOSE, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad, 17.607.548, una vez constituida la fianza personal. Se dan por notificadas las partes de la presente decisión. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-

LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL,

DRA. NORKA MIRABAL RANGEL