REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD


San Fernando de Apure, 22 de Octubre de 2004

EXTINCIÓN DE L A PENA

CAUSA N° 1E-1286-04
PENADO: ALEXIS ALEXANDER JIMENEZ
FISCAL: SEPTIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO

Revisadas como han sido las actuaciones procesales que conforman el presente expediente; se evidencia que al folio Ciento Cuatro (104) al Ciento Seis (106) corre inserta Sentencia definitivamente firme dictada por el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en fecha 28-06-2004, mediante la cual condena al ciudadano: ALEXIS ALEXANDER JIMENEZ FUENTES, titular de la cedula identidad N° 16.510.591, a cumplir la pena de NUEVE (09) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de HURTO SIMPLE, de previsto y sancionado en el articulo 453 del Código Penal. A tal efecto este Tribunal a los fines de la decisión correspondiente a la Extinción de la Pena impuesta al mencionado penado, lo hace en los siguientes términos:

Consta en el expediente auto de fecha 15-10-04, folio Ciento cuarenta y seis 146, donde se evidencia que el ciudadano ALEXIS ALEXANDER JIMENEZ FUENTES, Cumple la Pena en su totalidad en fecha 16-10-04 , por lo que el mismo ya cumplió su condena y en virtud de lo previsto en el artículo 105 del Código Penal el cual reza: “El cumplimiento de la condena extingue la responsabilidad criminal” en concordancia con el articulo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, se extingue la pena. Y ASÍ SE DECLARA:

DISPOSITIVA

En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA, impuesta al penado: ALEXIS ALEXANDER JIMENEZ FUENTES, Residenciado en la Urbanización “El Tamarindo”, Sector 1, vereda 45, casa N° 6, por cumplimiento de pena de conformidad con lo previsto en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el articulo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al ciudadano Fiscal Séptimo del Ministerio Público, y a la Defensa. Firme el presente pronunciamiento remítase al Archivo Judicial. Ofíciese al Cuerpo de Investigación Científicas, Penales y Criminalisticas del Estado Apure, para que sea Excluido de Pantalla (Registro y Control de Prontuario) Cúmplase.
LA JUEZ,

ABG. YULI BALI ARVELO

LA SECRETARIA,

ABG. YSAURI ROJAS
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado, en el auto que antecede.

LA SECRETARIA,

ABG. YSAURI ROJAS




Causa N° 1E-1286-04
YBA/YR/jlh.