REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN GUASDUALITO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
EXTENSIÓN GUASDUALITO
TRIBUNAL DE CONTROL
CAUSA No. 1C1062/04.
Guasdualito, 13 de Octubre del 2004.-
194° y 145°
JUEZ: ABG. NELLYMILDRET RUIZ RUIZ.
FISCAL III DEL MINISTERIO PUBLICO ABG. CARLOS ALBERTO FEBRES.
DEFENSOR(A) PÚBLICO: ABG. RINALDA GUEVARA.
DELITO: ABUSO SEXUAL A NIÑOS previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica de Protección al Niño y al adolescente.
VICTIMA: Niña (SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN DE LA NIÑA POR MANDATO EXPRESO DEL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), acompañada de su representante legal ciudadano Luis Alberto Moreno Villamizar, titular de la cédula de identidad No. V-13.350.512.
IMPUTADO: HIDALGO PARRA JHON ALEXANDER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.547.453, soltero, nacido en fecha 30-10-1.982, en Caracas, desempleado, residenciado en la Av. Cedeño frente a la Bomba la Cabaña, hijo de Hijo de Mirian Parra de Osuna y Jairo Ernesto Hidalgo.
AUDIENCIA DE FIJACION DE PLAZO
En Guasdualito, siendo las 10:47 de la mañana, del día de hoy, oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA DE FIJACIÓN DE PLAZO, solicitada por la Defensa, en este Juzgado de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, presidido por la Juez Dra. Nelly Mildret Ruíz Ruíz. Se verifica la presencia de las partes, encontrándose en la sala el representante del Ministerio Público, la Defensa Pública Penal, El Imputado y el ciudadano Luís Alberto Moreno Villamizar, quien venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.- 13.350.512, representante legal de la víctima. Se le concede el derecho de palabra a la Defensa, quien expuso que en virtud de que en la presente causa han transcurrido más de seis meses desde la individualización de la imputada, y el Ministerio Público no se ha avocado a presentar un acto conclusivo, es por lo que solicita de conformidad con el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal se fije un plazo de 30 días al Ministerio Público para presentar un acto conclusivo. En este estado, la ciudadana Juez procede a imponer al imputado de la Advertencia preliminar contenida en el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, la presunción de inocencia previsto y tipificada en el artículo 8 ejusdem, así como el derecho a la Defensa, previsto en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y de lo solicitado por la Defensa Pública, manifestando la imputada “no” tener nada que declarar. Se concede el derecho de palabra al ciudadano Luís Moreno, representante de la víctima quien manifiesta que sin ven que no hubo nada grave dejen eso así porque el tiene su esposa mal de salud y tiene que cargar los niños para arriba y abajo. Se le concede la palabra al Fiscal, quien expone que oída la solicitud de la Defensa, solicita que el plazo fijado sea de 40 días y le sea remitida la causa a fin de presentar uno de los actos conclusivos. Este Tribunal visto lo antes expuesto por la Defensor Público Penal, observa que efectivamente, la audiencia de presentación el día 02 de enero del año 2004, por lo que han transcurrido más de 6 meses desde la individualización de la imputada, por lo que es ajustada a derecho la solicitud de la defensa, en consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTOREIDAD DE LA LEY, ACUERDA: De conformidad con el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, fijar un plazo de 40 días al Ministerio Público, a fines de que presente un acto conclusivo de la investigación. Se acuerda remitir a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, la presente causa. Se declara terminada la audiencia siendo las 10:51 horas de la mañana. Es todo. Se termino, se leyó y conformes firman.
La Juez de Control

Dra. NELLY MILDRET RUIZ RUIZ

FISCAL III DEL MINISTERO PÚBLICO,


ABG. CARLOS ALBERTO FEBRES BASTARDO


La Defensa Pública Penal,



Abg. RINALDA GUEVARA.


Representante Legal de La Victima
LUIS ALBERTO MORENO
El Imputado

El Alguacil (s)


La Secretaria,


Abg. INDIRA TRINIDAD VIVAS SANTANA.

Causa: 1C1062/04.