REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
EXTENSIÓN GUASDUALITO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
Guasdualito, 04 de Octubre de 2004
194° y 145°
Vista la solicitud de sobreseimiento interpuesta por ante este Tribunal de Control por la Fiscalía para el Régimen Procesal Transitorio del Estado Apure, representada por la ciudadana Fiscal del Ministerio Público Abg. LAURA BELEN GUEVARA RAMIREZ, a favor de OSCAR DE JESÚS CASTILLO, en la causa penal No. 1C-2.253/04, conforme al artículo 318 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le imputaba la comisión del delito de INCENDIO, previsto y sancionado en el artículo 344 del Código Penal y a quien según el criterio de la fiscal, si bien es cierto que del resultado de las investigaciones se pudo demostrar la comisión del hecho punible, en perjuicio de NUBIA KATHERINE SANDOVAL SALCEDO, venezolana, con cédula de identidad No. V-10.131.745, no es menos cierto que de las mismas no se pueden extraer suficientes elementos de convicción que permitan demostrar la responsabilidad de sus autores o participes del delito, es por lo que a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación que permitan el esclarecimiento de los hechos, las circunstancias que rodearon su ejecución o la perfecta individualización de su autor, no habiendo en consecuencia, base para solicitar enjuiciamiento de persona alguna.
Analizado como ha sido por este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, observa: Que de las actas de investigación, fundamentalmente de las declaraciones corrientes a los folios: 1 y 2, 15, 20 y 21, de la víctima y testigos: NELDA XIOMARA BAZÁN RANGEL, Adolescente KERLYS YURIMAR LÓPEZ SANDOVAL y niña KARIN YURELI LÓPEZ SANDOVAL, respectivamente, donde señalan que el ciudadano OSCAR DE JESÚS CASTILLO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-8.603.169, fue la persona que le pasó tres veces por encima a la moto y sacó gasolina del carro que cargaba, le roció a la casa y le prendió fuego a la misma, razones estas que nos llevan a determinar la existencia de elementos de convicción en contra del imputado OSCAR DE JESÚS CASTILLO, como presunto autor del delito de INCENDIO, previsto y sancionado en el artículo 344 del Código Penal.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud fiscal de SOBRESEIMIENTO y acuerda remitir la Causa a la Fiscalía Superior del Estado Apure, para que se pronuncie sobre la ratificación o rectificación de la petición fiscal, de conformidad con el artículo 323 del Código Orgánico Procesal penal. Líbrese oficio.
Publíquese, Regístrese.
La Juez Primero de Control,
Dra. NELLY MILDRED RUIZ RUIZ
La Secretaria.
Abg. MARALY OLIVARES R.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria.
Abg. MARALY OLIVARES R.
NMR/MOR/dajch.-
CAUSA No. 1C-2253/04.-
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