REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
EXTENSIÓN GUASDUALITO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
Guasdualito, 04 de Octubre de 2004
194° y 145°
Vista la solicitud de sobreseimiento interpuesta por ante este Tribunal de Control por la Fiscalía para el Régimen Procesal Transitorio del Estado Apure, representada por la ciudadana Fiscal del Ministerio Público Abg. LAURA BELEN GUEVARA RAMIREZ, a favor de MARLENY MONCADA, RIVERO HONEXINO y LUIS ENRIQUE MANSILA, en la causa penal No. 1C-2683/04, conforme al artículo 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, a quienes se les imputaba la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, a la ciudadana: MARLENY MONCADA Y POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, a los ciudadanos: RIVERO HONEXINO Y LUIS ENRIQUE MANSILLA CONTRERAS, previstos y sancionados en los artículos 34 y 36 de La Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas y que según el criterio del fiscal, de las investigaciones practicadas quedó demostrada la comisión del referido delito ut supra calificado, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Ahora bien, conforme a lo establecido en los artículos 323, 319, 48° numeral 8° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 108 numeral 4°, del Código Penal, Y 69 de Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, la Acción Penal se encuentra evidentemente Prescrita por el Transcurso del tiempo.
Analizado como ha sido por este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, se encuentra procedente y ajustada a derecho la solicitud de sobreseimiento de la parte fiscal a favor de los ciudadanos: MARLENY MONCADA, RIVERO HONEXINO y LUIS ENRIQUE MANSILA, fundamentada en el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor de la ciudadana MARLENY MONCADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-14.502.121 y los ciudadanos: RIVERO HONEXINO y LUIS ENRIQUE MANSILA REBECA MATOS RIVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No.V-10.132.073 y No.V-12.028.209, respectivamente, todo de conformidad con lo establecido en el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
LA Juez Primero de Control,
Dra. NELLY MILDRED RUIZ RUIZ
La Secretaria.
Abg. MARALY OLIVARES R.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria.
Abg. MARALY OLIVARES R.
NMR/MOR.-
CAUSA No. 1C-2683/04.-
|