REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO, (05) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO (2.004).-
SALA DE JUICIO No. 01.

194° y 145°



Partes: OVIDIO ESIDERIO BOLIVAR y NERY MAR QUINTO HABANO.-


Visto el pedimento anterior y definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 21-08-03, se ordena su ejecución.- En consecuencia, se acuerda expedir copia certificada de la Decisión y junto con oficio remítase a las Autoridades Civiles correspondientes a los fines de estampar la Nota Marginal respectiva en el acta de Matrimonio N° 01 de fecha 10-08-1.996, igualmente expídanse (02) copia de la Sentencia a la solicitante y del auto que la provea.- Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 506 del Código Civil.- Líbrese lo conducente.-

La Juez Prov.,

Dra. MARGARITA CASTILLO


El Secretario,

Abg. ERNESTO LUIS BOCANEY L.


Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-

El Secretario

Abg. ERNESTO LUIS BOCANEY L.


Exp. N° 9.495
MC/ELB/Nerys.-