REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
ACTA DE EJECUCIÓN
COMISIÓN N° 04-1440.-
En el día de hoy, 21 de octubre del año dos mil cuatro, siendo las 3:00 p.m. previa habilitación de todo el tiempo necesario, conforme a lo acordado en el auto anterior se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en la sede del Banco Industrial de Venezuela, Agencia San Fernando de Apure, ubicado en el Edificio Doña Nadia, calle Páez, cruce con 24 de Julio, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión Conferida por el Superior en lo Civil (Bienes) Contencioso Administrativo y Agrario de la Región Sur de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Distrito Arismendi del Estado Barinas librada en el Juicio de Ejecución Forzoza de Sentencia seguido por la ciudadana Martínez Haidee Corina contra la Fundación para el desarrollo del Deporte en el Estado Apure ( FUNDEAPURE), en el Juicio de Salarios Caídos y practicar la Ejecución de la Medida decretada por el comitente. Se notifica de la misión del Tribunal, previa lectura del Despacho de Comisión, a la ciudadana Fiorella Piligra venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.235.375 en su condición de Sub-Gerente de la entidad Bancaria donde se encuentra constituido este Tribunal. Presente en este Acto la ciudadana Lina Melquíades Espinoza venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.359.878, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 68.337, en su condición de Apoderada Judicial de la parte Actora, como consta en autos, quien solicito el derecho de palabra y concedidole como le fue, expuso: señalo para Embargar efectivamente la Cantidad de Treinta y dos Millones, Novecientos Cincuenta y un mil Novecientos Once Bolívares ( 32.951.911 oo Bs ) en la cuenta del Banco Industrial distinguida con el N° 054-10155772, cuenta corriente que corresponde a cantidad liquida y a la condenada en el Juicio de Salarios Caídos, como lo establece el Despacho de Comisión y que pertenece a la parte demandada, es todo. En este estado, el Tribunal le solicita a la notificada que si existe en esta entidad Bancaria, la Cuenta Corriente 054-10155772, perteneciente a FUNDEAPURE, y si existe la suma de dinero indicada en el Despacho de Comisión. En este estado la notificada manifiesta que si existe la cantidad de treinta y dos millones novecientos cincuenta y un mil, novecientos once bolívares ( Bs.= 32.951.911, oo ) si existe en la entidad Bancaria la cuenta y si existe y es de FUNDEAPURE, en este estado, el Tribunal vista la exposición hecha por la Apoderado Judicial de la Parte Actora y teniendo la información suministrada por la notificada y teniendo la disponibilidad para Embargar Ejecutivamente la suma de dinero señalada, es por lo que en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara solemnemente Embargado Ejecutivamente la Cantidad de Treinta y dos Millones, Novecientos Cincuenta y un mil Novecientos Once Bolívares ( 32.951.911 oo Bs ), que es la suma de dinero de la cual resulto condenada la parte demandada en el Juicio de Salarios Caídos tal y como lo establece el Despacho de Comisión cursante del folio uno (1). Suma de dinero esta que será deducida de la cuente corriente N° 054-10155772, perteneciente a FUNDEAPURE, parte demandada, declarándose la Desposesión Jurídica de la suma de dinero Embargada Ejecutivamente en este Acto, y se le ordena al notificado se sirva emitir Cheque de Gerencia por la Cantidad Embargada Ejecutivamente por este Tribunal a nombre del Juzgado Superior Civil, (Bienes) Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. Seguidamente la notificada ordena la emisión del Cheque de Gerencia N° 01000405, por la cantidad de Treinta y dos Millones, Novecientos Cincuenta y un mil Novecientos Once Bolívares (2.951.911 oo Bs), no endosable a nombre del Tribunal Comitente, del cual este Tribunal Ejecutor se convierte en guardador hasta el momento que sea remitido al Tribunal de la Causa en su debida oportunidad. Cumplida como ha sido la presente comisión y no teniendo ninguna otra diligencia que practicar ordena el regreso a su sede natural, siendo las 3:45 p.m., Terminó se leyó conformes firman: La Juez Prov, Dra. Ligia Puerta Valdez, La Apoderada Actora Dra. Lina Melquíades Espinoza. La notificada Fiorella Piligra. El jefe de la Com. Policial S/1ero Gamarra José C.I =9.873.170. El Alguacil Acc, Francisco Padrón. La Secretaria Acc. Dra. Maria Mercedes Anzola.-
Com: 04-1440.-
Af.-