REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

ACTA DE EJECUCIÓN

COMISIÓN N° 04-1547.-


En el día de hoy, 25 de octubre del año dos mil cuatro, siendo las 3:00 p.m. previa habilitación de todo el tiempo necesario, conforme a lo acordado en el auto anterior se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el inmueble ubicado en la Urbanización Llano Alto, Jurisdicción del Municipio Biruaca, Distrito San Fernando, Estado Apure, Calle Circunvalación Uribante, casa N° 46, con la finalidad de dar cumplimiento a la Medida de Embargo Ejecutivo decretada en Juicio de Trabajo Cobro de diferencias de Prestaciones Sociales, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, seguido por la ciudadano Vilera Colmenares Naudys Enselmo, representado por su Apoderado Judicial Dr. Marcos Goitia, contra el ciudadano Miguel Enrique Gracia. Se notifica de la misión del Tribunal, previa lectura del Despacho de Comisión, al ciudadano Miguel Enrique Gracia Sanz, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.138.622, parte demandada en el Presente Acto. Presente en este Acto el Abogado Marcos Goitia, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.756.223. e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 75.239, Apoderado Judicial de la parte Actora, asi como también presente una comisión de la Guardia Nacional integrada por tres (3) funcionarios. Seguidamente solicita el derecho de palabra el Abogado Marcos Goitia en su condición de Apoderado Judicial de la parte Actora quien estando presente expuso: La Parte Demandada y la parte Demandante, han llegado a un acuerdo de cancelar las prestaciones sociales en forma voluntaria, a través de un acuerdo de pago, la parte demandada esta representada en este acto por el Dr. Oscar Espinoza, dicho acuerdo será consignado en el Tribunal el día 26 de Octubre del año 2004, firmada en presencia de ambas partes que se deja constancia que los Apoderados de la parte Demandada y la Demandante, están presente en este Acto. Solicita al Tribunal se suspenda la Ejecución de la Medida acordada para el día de hoy y en caso de incumplimiento se fije una nueva oportunidad. El Tribunal vista la exposición anterior la acuerda de conformidad y en consecuencia no habiendo otra diligencia que practicar acuerda su traslado a su sede natural. Cumplida como ha sido la presente comisión siendo las 4:00 p.m., Terminó se leyó conformes firman: La Juez Prov, Dra. Ligia G. Puerta V, el notificado-demandado. Miguel E. Gracia S. El Apoderado Judicial de la parte actora, Dr. Marcos Goitia, el Jefe de la Com, de la G.N. D.- Rafael Herrera Araca. C.I= 12.585.622. El Alguacil Miguel A. Bravo. La Secretaria Acc. Dra. Maria Mercedes Anzola.-

Com: 04-1547.-
Af.-