DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda:

PRIMERO: SIN LUGAR LA SOLICITUD FISCAL de imposición de medidas cautelares sustitutivas al imputado JAIME EMIRSON MARTÍNEZ, identificado en la presente audiencia, en virtud que el presente procedimiento se realizó con violaciones de derechos y garantías Constitucionales establecidas en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 1 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia la LIBERTAD PLENA, del Ciudadano JAIME EMIRSON MARTÍNEZ.

SEGUNDO: La remisión en su oportunidad legal a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público a los fines de que continúe con la investigación. Líbrese boleta de libertad plena. Quedan notificadas las partes. Terminó, se leyó y estando conformes firman.-

LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL,


DRA. LEONOR PÉREZ DE GÓMEZ.