REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 13 de Septiembre del 2004.
194º y 145º
CAUSA N° 1C-6113-04
Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO interpuesta por ante este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, por la ciudadana Fiscal para el Régimen Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Dra. GLADYS AMELIA FLEITAS FLORES, a favor de los Imputados ALDO DAOLE, C.I. N° V- 9.698.480, NELSON GALINDO, C.I. N° V- 8.167.121 y YOMAIRA RIVERO, C.I. N° V- 9.984.503, conforme al artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, a quienes se les imputaba la comisión del delito MALVERSACIÓN ESPECÍFICA, previsto y sancionado en el artículo 61 de le derogada Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público, en perjuicio de la FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO APURE, y a quienes, según el criterio del fiscal, no se les puede atribuir en consecuencia la comisión del referido delito ut supra calificado, ya que de las investigaciones practicadas no emergen bases suficientes para solicitar el enjuiciamiento de alguna persona, y menos a los referidos imputados de auto.
Analizada como ha sido por este Tribunal la presente solicitud de Sobreseimiento, se encuentra procedente y ajustada a derecho la solicitud de sobreseimiento de la parte fiscal a favor de los Imputados ALDO DAOLE, C.I. N° V- 9.698.480, NELSON GALINDO, C.I. N° V- 8.167.121 y YOMAIRA RIVERO, C.I. N° V- 9.984.503, fundamentada en el numeral 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la CAUSA N° 1C-6113-04 (Exp. 13.624) a favor de los Imputados ALDO DAOLE, C.I. N° V- 9.698.480, NELSON GALINDO, C.I. N° V- 8.167.121 y YOMAIRA RIVERO, C.I. N° V- 9.984.503, en perjuicio la FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO APURE, de conformidad con lo establecido en el numeral 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; por lo que se extingue la presente causa conforme a lo establecido en el Art. 48, Ordinal 8° ejusdem.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente, Cúmplase.
LA JUEZ,
DRA. NORKA MIRABAL RANGEL
EL SECRETARIO,
Abg. RAFAEL DE JESUS RAMOS
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO,
Abg. RAFAEL DE JESUS RAMOS
CAUSA N° 1C-6113-04 (Exp. 13.624)
NMR/RDEJR/jrrh.-