REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO DE APURE, (29) DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL CUATRO (2.004).-

193° y 145°

Visto el contenido del acta anterior suscrita por los ciudadanos ANA MARIBEL HERNANDEZ y FELIX RAMON SEIJAS, en lo que respecta al cumplimiento de Régimen de Visitas establecido en fecha 05-04-04 en relación a las HNAS. SEIJAS HERNANDEZ. Se HOMOLOGA dicho convenimiento en los términos expuestos por las partes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 387 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente.- Y así se Decide.-Cúmplase.-

El Juez Prov.,

Dr. CASTOR JOSE UVIEDO.-
El Secretario,

Dr. RAMON RIVAS
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
El Secretario,

Dr. RAMON RIVAS


EXP: 10028
CJU/alba.-