REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 01 de Septiembre de 2004
194º y 145º
CAUSA 2C-6.004-04
Por recibida la presente causa signada con el N° 04-F5-014-99 en fecha 25-08-04 procedente de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Apure, a la que éste Tribunal Segundo de Control, asignó el N° 2C-6.004-04, en donde el Representante de la Fiscalía mediante escrito contentivo de ACTO CONCLUSIVO DE INVESTIGACIÓN, solicita al Tribunal declare el SOBRESEIMIENTO en la causa N° 04-F5-014-99, donde aparece como imputado MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 Ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que el hecho imputado no es típico o concurre una causa de justificación, inculpabilidad o de no punibilidad, por lo que se considera que existe una causal de justificación. Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa:
PRIMERO: Cursa al folio uno (01) de la presente causa denuncia interpuesta por el ciudadano JAIME ROBERTO MORENO, por ante la el Destacamento de Fronteras 63, Primera Compañía Guardia Nacional, Elorza, Estado Apure, en fecha 09-08-99, quien denuncio que el ciudadano MIGUEL RODRIGUEZ, le disparó con una bacula a tres mautes que son de su propiedad y que tenia como testigos a los ciudadanos PEROZA Y MUSIU, de quien desconoce los nombres completos, en donde envió al ciudadano MIGUEL RODRIGUEZ que iba a pie atrás del ganado.
SEGUNDO: Se comisiona al Destacamento de Fronteras 63, Primera Compañía Guardia Nacional, Elorza, Estado Apure, a los fines de determinar las causas que originaron la presente investigación, así como por supuesto la responsabilidad de la persona señalada.
TERCERO: En fecha 13-08-99, se reciben diligencias del Destacamento de Fronteras 63, Primera Compañía Guardia Nacional, Elorza, Estado Apure, donde se recibió Reconocimiento General suscrito por el Médico Veterinario WOLFANG SPIRITU SILVA, practicado a bovinos de diferentes sexos quien manifestó que las lesiones de los mencionados animales se presumía fueron causadas por perdigones.
Este Tribunal en virtud de las circunstancias bajo las cuales se suscitaron los hechos, en vista del principio de celeridad procesal no ve la necesidad de convocar al debate previsto en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal para comprobar los motivos de la solicitud. En base a lo anteriormente expuesto, considera quien aquí decide que lo procedente y ajustado a derecho es acoger la solicitud fiscal y DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, conforme a lo establecido en el ordinal 2° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.
DECISION
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por el DR. JOSÉ GREGORIO MONCAYO RANGEL, Fiscal Quinto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial Y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA N° 2C-6.004-04, seguida en contra del ciudadano MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ, por uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, en perjuicio del ciudadano JAIME ROBERTO MORENO, porque el hecho imputado no es típico, todo de conformidad con lo establecido en el ordinal 2° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
La Juez Segundo De Control,
Dra. María Melva García.
El Secretario,
Abg. José Luis Sánchez.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
El Secretario,
Abg. José Luis Sánchez.
Causa N° 2C-6.004-04
MMG/JLS/wn.-
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