DECISIÓN

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando Estado Apure, en funciones de Control, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta:

PRIMERO: Siendo el Ministerio Público el titular de la acción penal y teniendo el mismo la potestad de solicitar la aplicación del procedimiento ordinario o abreviado, conforme a las previsiones del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal considera ajustado a derecho la solicitud fiscal y acuerda se prosiga la presente investigación por el Procedimiento Ordinario.

SEGUNDO: Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad a favor de los imputados: YORKIS JOSE BLANCO DAZA , titular de la cedula de identidad N° V-17.166.897, nacido el 08-10-84, de 19 años de edad, natural de San Fernando Estado-Apure, de oficio indefinida, hijo de Marina Blanco, residenciado en . WILLIANS GABRIEL MONTOYA RIVERO, titular de la cédula de identidad N° V- 20.092.541, residenciado en la Vía el Tocal, frente a la urbanización “Los Centauros, cerca de la bajada Los centauros y de Jaime Lusinchi, domicilio de la ciudadana Celsa Nereida Rivero Jiménez. Color blanco, cerca del kiosco de verdura. Nacido 26-08-82, trabaja en el fundo “El Semillero”, vía San Rafael de Atamaica, de conformidad a lo establecido en el artículo 256 ordinal 3°, del Código Orgánico Procesal Penal y en el artículo 259 ejusdem, en consecuencia quedan obligados a: 1.- Realizar presentaciones a intervalos de ocho (08) días por ante el área de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. 2.- Prestar caución juratoria, donde se comprometa a someterse al proceso, no obstaculizar la investigación y abstenerse de cometer nuevos delitos. El incumplimiento de estas medidas dará lugar a la revocación inmediata de la medida acá concedida y el Tribunal procederá librar orden de captura a los ciudadanos antes identificados, sin ninguna notificación ya que en esta misma audiencia, quedan notificados.

TERCERO: Trasladar el Tribunal a la Comandancia de la policía a los fines de realizar la inspección a la presunta droga decomisada a los ciudadanos: YORKIS JOSE BLANCO DAZA y WILLIANS GABRIEL MONTOYA RIVERO, el día miércoles 22-10-04 a las 2:00 PM. Se dan por notificadas las partes de la presente decisión. Líbrese boleta de libertad una vez realizada la caución juratoria. Término se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SEGUNDA DE CONTROL,

DRA. LEONOR PÉREZ DE GÓMEZ.-