REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCION DE PENAS y
MEDIDAS DE SEGURIDAD
San Fernando de Apure, 29 de SEPTIEMBRE de 2.004.
EJECUCION DE SENTENCIA
CAUSA N° 2E- 225-01.
PENADO: EDGAR RAFAEL MARTÍNEZ
FISCAL: FISCAL SEPTIMO DEL MINISTERIO PÙBLICO
DEFENSOR: DR. IVAN LANDAETA
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por el extinto Juzgado Superior en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Distrito Arismendi del Estado Barinas, en fecha 19-01-1.999, corriente a los folios del doscientos setenta y seis (276) al doscientos ochenta y seis (286), mediante la cual se condena al penado: EDGAR RAFAEL MARTÍNEZ, venezolano, de 32 años de edad, natural y residenciado en esta ciudad de San Fernando, Estado Apure, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.240.029, Soltero, Obrero, reside en Vía Perimetral, Casa sin número; a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el Artículo 407 del Código Penal. Este Tribunal Segundo en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, a los fines de la Ejecución de la presente Sentencia; vista la Revocatoria del Beneficio de Libertad Bajo Fianza, conforme a lo previsto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal; procede a realizar un nuevo cómputo a los fines de determinar la pena que le falta por cumplir como a continuación se describe:
DETENIDO DESDE: EL 25 DE ABRIL DE 1.993, HASTA EL 20 DE MAYO DE 1.993; y
DESDE EL 26 DE SEPTIEMBRE de 2004 HASTA LA PRESENTE FECHA.
TIEMPO CUMPLIDO: VEINTIOCHO (28) DÍAS.
TIEMPO POR CUMPLIR: CATORCE (14) AÑOS, ONCE (11) MESES y DOS (02) DIAS.
FECHA EN QUE CUMPLE LA PENA: 01 de SEPTIEMBRE de 2.019.
BENEFICIOS:
DESTACAMENTO DE TRABAJO: 01 DE JUNIO DE 2.008
RÉGIMEN ABIERTO: 01 de SEPTIEMBRE de 2.009
LIBERTAD CONDICIONAL: 01 DE SEPTIEMBRE DE 2.014
CONFINAMIENTO: 01 DE DICIEMBRE DE 2.015
Notifíquese del presente Cómputo al Director del Internado Judicial, al Fiscal Séptimo de Ministerio Público y a la Defensa. Líbrese Boleta de Traslado. Ofíciese lo conducente a la División de Antecedentes Penales. Cúmplase.
LA JUEZ SEGUNDO DE EJECUCION.
ABG. WILMER ARANGUREN TOVAR.
LA SECRETARIA,
ABG. JOSELIN RATTIA COLINA
Seguidamente se cumplió lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA.
ABG. JOSELIN RATTIA COLINA