REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 05 de Abril de 2.005
194º y 145º

AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN DE IMPUTADO
CAUSA N°
1C- 6.681-05
JUEZ :
DRA. NORKA MIRABAL RANGEL

PROCEDENCIA:
FISCALIA DECIMA DEL MINISTERIO MINISTERIO PÚBLICO.

DEFENSOR: DRES. HECTOR SALVADSOR PARRA Y MANUEL PEREZ BERDUGO

VÍCTIMA :
LA COLECTIVIDAD

SECRETARIA: ABG. ROCIO MUNDARAIN
IMPUTADO (S) JOSE RAFAEL GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.584.959, residenciado en el Barrio Luis Herrera, detrás del cementerio casa s/n , San Fernando de Apure.


En el día de hoy, cinco (05) de Abril de 2.005, siendo las 4:00 horas de la tarde, se constituyó este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Control N °1 del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, a los fines de celebrar la Audiencia de presentación del Imputad. Seguidamente la ciudadana Juez de conformidad con lo previsto en el artículo 137 del Código Orgánico Procesal Penal, le informa al imputado que tienen derecho a nombrar un abogado de su confianza como su defensor y sinó lo hace la Juez le designará un defensor, manifestando el imputado que lo asisten los defensores privados Dres, Salvador Parra y Manuel Pérez. En este estado la ciudadana secretaria informa a la ciudadana Juez que el Fiscal Décimo del Ministerio Público se encuentra en realizando una inspección conjuntamente con el Tribunal segundo de Control de esta misma Circunscripción Judicial en la Alcaldía del Municipio Biruaca, motivo por el cual hasta este momento no ha hecho acto de presencia. En esta instancia solicita el derecho de palabra la defensa, representada por el Dr, Salvador Parra y cedida como le fue expuso: ciudadana juez en virtud de la ausencia del ciudadano fiscal por los motivos antes expuestos y por cuanto no podemos tener conocimiento cierto de en que momento pudiera hacer acto de presencia solicito se difiera la audiencia para el día de mañana, es todo. Seguidamente toma la palabra la ciudadana Juez quien expuso: Oída la información suministrada por la ciudadana secretaria y el pedimento de la defensa de diferir la realización de la presente audiencia para el día de mañana y por cuanto la presencia del Ministério Público como representante del estado es indispensable y fundamental para la realización de la presente audiencia, el tribunal acuerda en consecuencia diferir la realización de la misma para el día de mañana a las 8: 30 a.m oportunidad en que se llevara a cabo en primer lugar la inspección a la sustancia incautada para lo cual deberá el tribunal trasladarse hasta la comandancia general de policía de esta ciudad y posteriormente se realizará la correspondiente audiencia de presentación. Es Todo. Quedan notificadas las partes presentes. Notifíquese al ciudadano Fiscal Décimo del Ministerio Público. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL

NORKA MIRABAL RANGEL

LOS DEFENSORES


DR. SALVADOR PARRA DR. MANUEL PEREZ