REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
JUZGADO DE EJECUCIÓN SECCION DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE. SAN FERNANDO DE APURE, VEINTIOCHO ( 28 ) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CINCO (2.005).-
195° y 146°
Por recibida y vista la presente la Causa Penal procedente del Tribunal de Juicio de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, instruida contra el adolescente sancionado: IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTES, en agravio a la adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se le dio entrada quedando signada bajo el Nro. 1E-739-05, en consecuencia ejecútese la sentencia identificada supra, igualmente a los fines de ejecutar la Sanción de “SEMI-LIBERTAD” por el término de un (01) año, decretada por el Tribunal de Juicio Sección de Adolescentes, al adolescente sancionado: IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de conformidad con lo establecido en el artículo 620 literal “E”, en concordancia con el 627 ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; se acuerda fijar Audiencia Especial para el día Lunes 13-05-2005, a las 09:30 horas de la mañana; de conformidad con lo establecido en el artículo 646 Ejusdem. Igualmente se acuerda la realización del cómputo correspondiente e impóngase al sancionado de los derechos y garantías que le asisten en esta fase del proceso. Líbrense Boletas de Notificación a las partes. Cúmplase.-
La Juez,
ABOG. MARÍA LUCRECIA BUSTOS P.