REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DE TRÁNSITO Y DE TRABAJO

LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTAD APURE

San Fernando de Apure, 01 de Abril de 2005

194° y 146°

Visto el Desistimiento anterior, suscrito por la abogado LUISA ELENA OVIEDO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, de fecha 29-03-05, mediante la cual desiste de la demanda de Intimación y Estimación de Honorarios Profesionales, y por cuanto versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN dándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Del mismo modo se levanta la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar que pesa sobre el inmueble propiedad del intimado, constante de un lote de terreno de 437 Hectáreas, ubicado en la Parroquia Peñalver del Municipio San Fernando del Estado Apure, debidamente registrado bajo el N° 90, Folios 170 y 171, Protocolo Primero, Tomo Primero, Primer Trimestre del año 1976, decretada mediante auto de fecha 30-07-02, por lo que se ordena oficiar al Registro Subalterno del Municipio San Fernando del Estado Apure, a los fines de levantar dicha medida. Líbrese oficio.-

La Juez,

Abg. Anaid C. Hernández Z.
La Secretaria,

Abg. Auri Y. Torres