REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DE TRÁNSITO Y DE TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTAD APURE.
San Fernando de Apure, 28 de Abril de 2005.-
194° y 146°
Vista la diligencia anterior, de fecha (25) de Abril de los corrientes, contentiva de la transacción realizada entre los ciudadanos ALCIDES MONTOYA y JAILER ESPAÑA partes demandante y demandada respectivamente en la presente causa, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio legal JOSE ANGEL HURTADO debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.102, mediante la cual solicitan se homologue la transacción suscrita por ambos, y por cuanto tal actuación no es contraria al orden público y versa sobre derechos disponibles este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN dándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con los articulos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se levanta la medida preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un lote de terreno constante de (17.500Mts2) de superficie con (55Mts) de frente por (300Mts) de fondo, con todas sus mejoras y anexidades, ubicado a la margen derecha de la vía intercomunal San Fernando Biruaca, Municipio Autónomo San Fernando del Estado Apure, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Fundo los Tres Cochinitos, ahora terrenos vacuos en una extensión de 55Mts. SUR: Terrenos arrendados por el MOP ahora vía intercomunal San Fernando Biruaca que es su frente en una extensión de 55Mts. ESTE: Carretera que conduce a Biruaca ahora fundo los Tres Cochinitos en una extensión de 300Mts. OESTE: Parcela adjudicada al comunero o co-propietario Antonio Rizzo Certo en una extensión de 300Mts., propiedad del demandado según documento debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Municipio San Fernando del Estado Apure, anotado bajo el N° 22, folios 106 al 110, Protocolo Primero, Tomo Primero, Tercer Trimestre del año 1997, se ordena librar oficio al Registrador antes mencionado, a los fines consiguientes. Se ordena el archivo del presente expediente en su oportunidad de Ley.-
La Jueza,
Dra. ANAID C. HERNANDEZ.
La Secretaria,
Abg. AURI Y. TORRES.
Conforme lo ordenado se registró y publicó la presente homologación siendo las 11:00 a.m.-
La Secretaria
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