REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

ACTA DE EJECUCIÓN

COMISIÓN N° 04-1557.-


En el día de hoy, dieciocho de Abril del año dos mil cinco, siendo las 9:25 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el inmueble ubicado en el Sector Terronduro, Calle 1, casa S/N, de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, librada en el Juicio de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN, seguido por el Abogado en ejercicio, ciudadano VLADIMIR LENIN SANDOVAL, contra el ciudadano CARLOS J. PEÑA, y ejecutar la Medida Provisional de Embargo decretada por el comitente. Se notifica de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de Comisión al ciudadano CARLOS JOSÉ PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 5.360.079, en su condición de parte demandada en este acto. Presente en este acto una comisión integrada por dos ( 2 ) funcionarios. Presente en este acto el Abogado en ejercicio. VLADIMIR LENIN SANDOVAL VAZQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 8.946.114, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 48.671, en su condición de Abogado actor en este acto, quien solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue, expuso: solicito al Tribunal designe como Depositario Judicial al ciudadano ALFONSO ENRIQUE OSIO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 13.489.401, y como Perito Avaluador el ciudadano, TARSICIO LENEN SANTANA DÍAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 2.767.885, es todo. El Tribunal vista la solicitud anterior hecha por el Abogado Actor en este acto, procede a designar como Depositario Judicial al ciudadano ALFONSO ENRIQUE OSIO CASTILLO, antes identificado, y como perito Avaluador al ciudadano TARSICIO LENEN SANTANA DÍAZ, antes identificado, quienes estando presente aceptaron el cargo y juraron cumplir bien y fielmente con los deberes y derechos inherentes al cargo. Seguidamente solicita el derecho de palabra el Abogado Actor y concedidole como le fue, expuso: solicito muy respetuosamente a este Tribunal se difiera la Ejecución de la presente Medida, por cuanto no se encontraron bienes que Embargar en el lugar donde se encuentra constituido este Tribunal, es todo. El Tribunal vista la solicitud anterior hecha por el Abogado Actor en este acto, procede a diferir la Ejecución de la presente Medida hasta tanto el Abogado actor la solicite nuevamente, a si mismo ordena exonerar del cargo al Depositario Judicial y al Perito Avaluador designados en este acto, y no teniendo ninguna otra diligencia que hacer da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural, siendo las 10:50 a.m. Terminó, se leyó y conformes firman.- La Juez Prov. Dra. Ligia Puerta Valdez. El Abogado Actor. Dr. Vladimir L. Sandoval V. El notificado-demandado, Carlos José Peña. El Jefe de la Com, Policial. S/ero Gamarra José G. C.I 9.873.170. El Alguacil. Miguel Ángel Bravo. La Secretaria. Dra. Maria Milagro Aranguren

COM- N° 04-1557.-