REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
APURE
Mantecal, 27 de Abril de 2005.-
195° y 146°
Exp. No. 26-2004.-
Esta causa tuvo su final una vez que las partes comparecieron por ante este Despacho; en donde ambos aceptaron sus errores; y oyeron atentamente a la funcionaria en la charla dada por espacio de más de una hora, retirándose del despacho de manera armónica , todo lo cual lo hicieron por el hijo que los une adolescente: JENER PÉREZ OJEDA, quien también estuvo presente y le manifestó a la funcionaria que él lo que deseaba era que sus padres no sufrieren viendo esta situación; los comparecientes se marcharon unidos, dando así por concluida la conversación y habiendo firmado el acta con el cual queda demostrado que ha surgido la paz entre las partes; es por ello que este Tribunal actuando como Juez de Familia de conformidad con el artículo 34 de la Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia, Declara Concluido esta causa y ordena su archivo.-y así se declara.-
D I S P O S I T I V A:
Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Juzgado segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Fundamentado en las razones que anteceden; DECLARA CONCLUIDA LA PRESENTE CAUSA, todo de conformidad con el Artículo 34 de la Ley Sobre la Violencia a la Mujer y la Familia.-
Diarícese, déjese copia, archívese, cúmplase.-
La Jueza,
Abg. Carmen Dolores Marín
La Secretaria,
Teresa Y. Márquez de Laya
Nota: Seguidamente se publicó la anterior sentencia, siendo las 10:00 a.,m. del día de hoy 27-04-2005.-Conste.-
Teresa Y. Márquez de Laya
Secretaria
CDM/dmr.-
Exp. No. 26-2004.-
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