REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO EN FUNCIÓN DE CONTROL

San Fernando de Apure, 31 de AGOSTO de 2005

AUDIENCIA ESPECIAL
CAUSA N° 1C 1336-02
JUEZ DRA. LEONOR PÉREZ DE GÓMEZ
PROCEDENCIA
FISCALIA PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO
DEFENSA. DR. JACKSON CHOMPRE LAMUÑO
IMPUTADOS JOSÉ ALBERTO RIVAS y
JOSÉ GREGORIO REQUENA
SECRETARIA ABG. EDITH FLORES P.



En el día de hoy, TREINTA y UNO (31) de AGOSTO de 2005, siendo, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia en la presente causa. Se constituye este Tribunal Primero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure. Seguidamente la ciudadana solicita de la secretaria verificar la presencia de las partes, quien manifiesta que se encuentran presentes la Fiscal Auxiliar Segundo Encargada de la Fiscalía Primera del Ministerio Público, Ciudadana Dra. ISMENIA MÉNDEZ SÁNCHEZ y la Ciudadana MARÍA COROMOTO REQUENA, Venezolana, de 43 años de edad, residenciada en la Calle La Planta, Barrio Simón Bolívar, llamado también Los Semanales, Cuarta Calle, al frente de la única casa de bloques que está por esa Calle, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.593.149; quien comparece ante este Tribunal con el carácter de Madre del Imputado JOSÉ GREGORIO REQUENA. Acto seguido la ciudadana MARÍA COROMOTO REQUENA, solicita el derecho de palabra, y concedida como le fue, expone: “Comparezco ante este Tribunal, a los fines de exponer que mi hijo JOSÉ GREGORIO REQUENA, se encuentra en mal estado de salud, ya que él es epiléptico, y no puede asistir a la Audiencia del día de hoy, y me comprometo a presentarlo ante este Tribunal, cuando me sea indicado por el Tribunal. Acto seguido la Ciudadana Juez, expone: “Oído como ha sido la exposición de la Madre del Imputado y vista la incomparecencia del Defensor y el Imputado JOSÉ ALBERTO RIVAS; presumiendo que dicha inasistencia es con motivo a la Resolución N° 302-05, de fecha 03 de Agosto de 2005, emitida por el Tribunal Supremo de Justicia, que resolvió que todos los Tribunales no despacharán desde el 15-08-05 hasta el 15-09-05, ambas fechas inclusive; por lo que este Tribunal se ve en la imperiosa necesidad de diferir la presente Audiencia para el día 15-11-05, a las 2:30 horas de la tarde. Notifíquese a las partes. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL.

DRA. LEONOR PÉREZ DE GÓMEZ



FISCAL PRIMERO DEL M. P.
DRA. ISMENIA MÉNDEZ SÁNCHEZ.

LA COMPARECIENTE.

MARÍA COROMOTO REQUENA




LA SECRETARIA.
ABG. EDITH FLORES P.















CAUSA N° 1C-1336-02.