REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

ACTA DE EJECUCIÓN
COMISIÓN N° 5-1559.-

En día de hoy, ocho de Agosto del año dos mil cinco, siendo la 10:00 a.m., conforme lo acordado en el auto de fecha 07-07-2005, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en la sede de la Alcaldía del Municipio Autónomo San Fernando, en la Oficina de Tesorería, ubicada en la Avenida Miranda, de esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, librada en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, seguido por la ciudadana EVA MELO, contra el ciudadano ALFREDO JESÚS HURTADO GUILLEN, para continuar con la ejecución de la Medida Preventiva de Embargo decretada por el comitente. Se notifica de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de comisión al ciudadano HÉCTOR MARCELO MORENO MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.244.261, en su condición de Tesorero de la Alcaldía del Municipio Autónomo San Fernando. Se encuentra una comisión policial integrada por dos (02) funcionarios. Presente en este acto los Abogados en ejercicio J0SE GREGORIO VILLAFAÑA y MILAGROS VALENTINA GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 9.976.002 y 10.624.215, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 75.684 y 75.685, respectivamente, en su condición de Apoderados Judiciales de la parte actora, quienes solicitan el derecho de palabra y concedidole como les fue, expusieron: Habiendo suministrado el notificado, antes identificado la orden de pago N° 8727, de fecha 18-12-2003, de la cual es beneficiario el ciudadano ALFREDO HURTADO, titular de la Cédula de Identidad N° 12.904.671, por concepto de pago de servicios prestado en reacondicionamiento en el matadero Municipal, en San Rafael de Atamaica, Municipio San Fernando (1era etapa, Estado Apure), Contrato N° DDU-CC-007-2003, por la suma de CINCO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTO CINCUENTA Y DOS BOLÍVARES CON CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 5.999.952,53), de la cual señalo para Embargar la suma de TRES MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.3.447.525,00), monto éste que sumado al monto Embargado en fecha 02-03-2005 por la cantidad de NOVECIENTOS DIEZ MIL BOLÍVARES (910.000), cubre la totalidad de la presente demanda, la cual es por un monto de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 4.357.525,00), en tal sentido solicito que la presente suma de dinero sea remitida mediante Cheque de Gerencia al Tribunal del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, es todo. El Tribunal vista la exposición anterior y teniendo a la vista la Orden de Pago N° 8727, de fecha 18-12-2003, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA: Formalmente Embargado Preventivamente la cantidad de TRES MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.3.447.525,00), declara de desposesión Jurídica de la misma. Seguidamente el notificado solicita el derecho de palabra y concedídole como le fue, expuso: En estos momentos no es posible emitir el Cheque de Gerencia, por cuanto no hay disponibilidad financiera, sin embargo es posible a través de un Crédito Adicional para honrar compromisos de años anteriores, sin embargo éste departamento de tesorería se compromete a emitir el Cheque de Gerencia por la cantidad antes Embargada al Tribunal del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, es todo. El Tribunal vista la exposición anterior hecha por el notificado y concluida como ha sido su misión, da por terminado el acto y ordena la remisión del Despacho de comisión con todas sus actuaciones al Tribunal de la causa, así como el regreso a su sede natural, siendo las 12:15 m.- Terminó, se leyó y conformes firman.- La Juez Prov., Dra. Ligia Puerta Valdez. Los Apoderados Judiciales, D. José Gregorio Villafaña. Dra. Milagros Garcia. El Notificado, Héctor Marcelo Moreno. El Jefe de la Com. Policial, S/1ero Gamarra José G. C.I. 9.873.170. El Alguacil, Miguel Ángel Bravo. La Secretaria, Dra. María Milagro Aranguren.-


Com. N° 4-1559.
RC.-