REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
Achaguas, Nueve (09) de Agosto del año dos mil cinco (2.005).- 195° y 143°
Exp. N° 04-393 (Trabajo).-
Vista la TRANSACCIÓN de fecha 08-08-05, cursante a los folios 124 y 125 del presente expediente de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, suscrita por los ciudadanos Abogada ANA CAROLINA SUÁREZ LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.215.762, Inpreabogado N° 107.538, en su carácter de Co-Apoderada Judicial de la parte demandada BANCO PROVINCIAL S.A., (BANCO UNIVERSAL), y el ciudadano LISANDRO JOSÉ INFANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.779.329, parte actora, debidamente asistido por el Abogado JOSÉ GREGORIO FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.375.544, Inpreabogado N° 65.646, en la suma de SIETE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 7.000.000,oo); y visto igualmente la aceptación por parte del demandante, este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha Transacción en los términos expuestos de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dándole el carácter de Sentencia Pasada con autoridad de COSA JUZGADA, ordenando el Archivo del presente expediente. Y como es solicitado por las partes, se ordena expedir por Secretaría copia certificada de la Transacción y del presente auto. Ofíciese lo conducente. Désele salida.-
El Juez Primero Temp.

Dr. Wilmer Pérez Celis.- La Secretaria,

ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR.-
Exp. N° 04-393 (Trabajo).-Zdev.-