REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA





CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

San Fernando de Apure, 05 de Diciembre del 2005.-
195° Y 146º
Causa N ° 1E-1295-04
Vista la solicitud del ciudadano EMIGDIO ARANGUIBEL, en su condición de Director del Internado Judicial de esta ciudad, en el sentido de que el ciudadano penado BROWN WILL JACKSON sea autorizado la inclusión en el listado de penados seleccionados para que el sean realizados los Informes Psicosociales, este Tribunal a los fines de decidir observa:
De lo solicitado por él ciudadano Director EMIGDIO ARANGUIBEL se puede evidenciar que este Tribunal ya se pronunció por auto de fecha 07-10-05 cursante al folio (328), acordó incluirlo en el listado para que se le realicen los informes Psicosociales, haciéndose efectivo dicho informe el 12-10-05, dando como resultado un diagnostico favorable, no obstante se evidencia en el Nuevo Computo de Ejecución de Sentencia inserto al folio (317), que el beneficio próximo a disfrutar le corresponde a partir del 26-12-05 (Destacamento de Trabajo). Igualmente, en fecha 20-10-05, se impuso al referido penado del diagnostico favorable del Informe y se le notifico que el beneficio le procede en la mencionada fecha, así mismo se le informo que deberá consignar ofertante. Es por lo que este Tribunal acuerda:
Habiéndose pronunciado al respecto, este Tribunal Primero de Ejecución administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA: que no tiene materia sobre la cual decidir. Cúmplase.-
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,

DRA. YULI BALI ARVELO
EL SECRETARIO

ABG. ANGEL R. CAMPO.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
EL SECRETARIO,

ABG. ANGEL R. CAMPO.
Causa 1E-1295-03
YBA/YR/av