REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN GUASDUALITO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO. Guasdualito, 21 de DICIEMBRE de 2005.
195° y 146°
Visto el escrito, presentado por la ciudadana: CARMEN CRISALIDA ZUÑIGA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-12.580.165, penada en la presente causa, recluida en el Centro Penitenciario de Occidente Santa Ana Estado Táchira, en el cual solicita un permiso para visitar a su mamá la cual se encuentra recién operada y está muy delicada de salud y que no la ha visita desde hace casi cuatro años, el cual trabaja y los fines de semana es que le dan libre y no es suficiente. Es por eso que pide que en estos días de la navidad se le conceda un permiso por un lapso de 20 días para así poder compartir con su mamá e hijos. Este Tribunal en uso de sus atribuciones, acuerda de conformidad lo solicitado por no ser contrario a derecho. En consecuencia, concede permiso a la interna: CARMEN CRISALIDA ZUÑIGA, por el lapso de. Líbrese lo conducente.-
El Juez de Ejecución,
DR. MIGUEL PADILLA BAZÓ.
La secretaria,
ABG. INDIRA TRINIDAD VIVAS SANTANA.
MPB/IV.-
1E281-03
“1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO
DEL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR EN EL MONTE SACRO”