REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y AGRARIO
LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR CIVIL (BIENES), CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE Y MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS.
San Fernando de Apure, 19 de Diciembre de 2005
196º y 147º
Por recibida y vista la inhibición planteada por el Secretario de este Tribunal Superior, abogado ANDRÉS LUCIANO LARA BENAVIDES, fechada el 14 de Diciembre del año en curso, cursante al folio 237 del presente expediente, contentivo de la demanda de NULIDAD DE VENTA seguido por el abogado JOSÉ HIDALGO en representación de la ciudadana EMILCE MARIA BOLÍVAR CORTEZ, en contra del ciudadano SEGOVIA QUIÑONES PEDRO OSMAR y Otros; y por cuanto la misma ha sido fundamentada en las causales previstas en el Código de Procedimiento Civil, es por lo que este Tribunal Superior, la declara CON LUGAR. En consecuencia, se designa como Secretaria accidental, a la ciudadana NELIDA Y. SILVA ZAPATA.
La Jueza Superior Temporal,
Dra. Margarita García de Rodríguez.
La Secretaria Accidental,
Nélida Y. Silva Zapata.
Exp. No. 1712.
MGdR/allb/aminta.-