REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DE TRÁNSITO Y DE TRABAJO
LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
Vista la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: ANTONIO JOSÉ CASTILLO ARÉVALO y ANA YELITZA MORENO ÁLVARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos.- V-13.805.826 y V-15.682.124, ambos de este domicilio, y asistidos de abogado, basados en el articulo l85-A del Código Civil. Por cuanto no es contraria a derecho, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, y por cuanto el Fiscal del Ministerio Publico no objeto dicha solicitud, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Divorcio, en consecuencia, disuelto por DIVORCIO el vinculo matrimonial que unía a los cónyuges ANTONIO JOSÉ CASTILLO ARÉVALO y ANA YELITZA MORENO ÁLVARES, el cual contrajeron por ante La Prefectura del Municipio San Fernando Estado Apure, en fecha 05 de Octubre de 1.998. Según consta del Acta de Matrimonio N° 221 acompañada. Y así se decide.
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese, regístrese y cópiese.
Dada, firmada y sellada en la sala en la sala del despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Siete (07) días del mes de diciembre del año Dos Mil Cinco (2.005). Año 194° de la Independencia y 146° de la Federación.
La Jueza,
Abg. Anaíd Hernández Zavala
La Secretaria Acc.,
Abg. Katherine Hernández
Conforme lo ordenado se registro y publico la anterior sentencia siendo las 10:00 a.m.
La Secretaria Acc.,
Abg. Katherine Hernández