REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO, (25) DE ENERO DEL AÑO DOS MIL CINCO (2.005).-

194° y 145°


PARTES: ALEXIS OMAR PEREZ y MARY GRANELIS JIMENEZ PADILLA.-

Visto el pedimento anterior y definitivamente firme como ha quedado la Sentencia de Separación de Cuerpos y Bienes por Mutuo Consentimiento dictada por este Tribunal en fecha 25-10-04, se ordena su ejecución.- En consecuencia, se acuerda expedir copia certificada de la Decisión y junto con oficio remítase a las Autoridades Civiles correspondientes, igualmente expídase dos (02) copias debidamente certificada por Secretaría de dicha Sentencia a la parte solicitante.- Todo de conformidad con lo establecido en los artículo 523 del Código de Procedimiento Civil y 475 del Código Civil.- Líbrese lo conducente.-
La Juez Prov.,

Dra. MARGARITA CASTILLO
La Secretaria Temp.

Abg. VILMA VIELMA DE TAPIA.-

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-
La Secretaria Temp.
Abg. VILMA VIELMA DE TAPIA.-


MC/sore.-
Exp. N° 9.493