REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 26 de enero de 2005
193º Y 145º
CAUSA N° 2C-6213-04

Vista la solicitud interpuesta por ante este Tribunal por el DR. ULISES RIVAS ZAMBRANO, en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual como acto conclusivo de investigación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318, ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, solicita se decrete el Sobreseimiento de la causa 2C-6213-04, a favor de CORDOVA JOSE ROBINSON, este Tribunal para decidir previamente observa: La presente averiguación se inicia el día 18-08-2004, mediante diligencia policial adscritos a la Comandancia General de la Policía “Siendo la 10.30 horas de la mañana se recibió una llamada vía radio informando que en el Barrio San Luis, específicamente cerca de la vía perimetral de esta ciudad, se estaba realizando una riña entre un hombre y una mujer, trasladándose hasta el sitio de los hechos en el cual se procedió a identificar al ciudadano: JOSE ROBINSON CORDOVA, quien presentaba mejilla derecha aporreada…” el representante de la vindicta publica señala que se cometió un delito de CONTRA LAS PERSONAS; previsto y sancionado en el articulo 415, del Código Penal Venezolano. Ante éstas circunstancias para quien aquí se pronuncia, resulta improbable dado el tiempo transcurrido, así como la falta de testigos presénciales que depongan sobre los hechos, para determinar la responsabilidad de los referidos ciudadanos en el ilícito penal objeto de la presente investigación y consecuencialmente solicitar su enjuiciamiento. En base a lo antes expuesto, considerando que el sobreseimiento de conformidad con lo pautado en el ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; este Tribunal en virtud de las circunstancias bajo las cuales se suscitaron los hechos, estima que el mismo debe emitirse sin mayores dilaciones por considerar que en el presente caso en ningún momento se vulnera el derecho a la defensa del imputado, ni el derecho de la víctima, de recurrir del presente fallo, por lo que quien aquí se pronuncia estima que para comprobar el motivo de la solicitud, no es necesario realizar el debate establecido en la referida norma jurídica, siendo procedente y ajustado a derecho acoger la solicitud Fiscal, por ser éste el titular de la acción. En consecuencia, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, conforme a lo establecido en el artículo 318, ordinal 4°. Y ASI SE DECIDE.

DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando , Administrando Justicia en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por DR. ULISES RIVAS ZAMBRANO, Fiscal Noveno del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial Y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos: CORDOVA JOSE ROBINSON” todo de conformidad con lo establecido en el ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 108 ordinal 7º ejusdem, y 34 ordinal 10ª de la Ley del Ministerio Publicó. Notifíquese a las partes y remítase en su oportunidad legal al Archivo Judicial. Cúmplase.
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

DRA. MARIA MELVA GARCIA

La Secretaria,

Abg. Luisa Rattia de Mendoza
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria,

Abg. Luisa Rattia de Mendoza









Causa N° 2C-6213-04
MMG/EB/jean m._