REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 28 de enero de 2005
193º Y 145º
CAUSA N° 2C-6.251-04


Vista la solicitud interpuesta por ante este Tribunal por el DR. ULISES JOSE RIVAS ZAMBRANO, en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual como acto conclusivo de investigación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318, ordinal 2ª del Código Orgánico Procesal Penal, solicita se decrete el Sobreseimiento de la causa 2C-6251-04, seguida contra: JOSE DEL CARMEN GONZALEZ, este Tribunal para decidir previamente observa: La presente averiguación se inicia el día 03-12-2003, mediante diligencia practicada por funcionarios de la Guardia Nacional, en El Vecindario Santa Lucia, Sector Mango Solo, Municipio Achaguas del Estado Apure, lográndose entrevistar con el ciudadano: JOSE DEL CARMEN GONZALEZ, a quien se le interrogo con relación a si portaba arma, manifestando que si, que tenia un arma dentro de su residencia, se le solicito al ciudadano que presentara la misma, a lo que accedió, y presento un arma de fuego con las siguientes características: Una (01) Escopeta, Calibre 16, Marca: Winchester, Serial: 4827. Los hechos anteriormente nombrados encuadran dentro de las previsiones establecidas en el Artículo 278, del Código Penal. Ahora bien cursa al folio 7, documento de empadronamiento a nombre del ciudadano: EDUARDO ENRIQUE PAEZ GOMEZ, Una (01) Escopeta, Calibre 16, Marca Winchester, Serial: 4827. En base a lo antes expuesto, considerando que el sobreseimiento de conformidad con lo pautado en el ordinal 2ª del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal procede cuando; EL HECHO IMPUTADO NO ES TIPICO O CONCURRE UNA CAUSA DE JUSTIFICACION, INCULPABILIDAD O DE NO PUNIBILIDAD y como quiera la ley adjetiva penal, en su artículo 323 eiusdem, faculta al Juez para la emisión del respectivo pronunciamiento sin convocar a las partes a una Audiencia Oral. En consecuencia, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, conforme a lo establecido en el artículo 318, ordinal 2ª Y ASI SE DECIDE.

DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando , Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por el DR. ULISES RIVAS ZAMBRANO, Fiscal Noveno del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial Y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a favor del ciudadano: JOSE DEL CARMEN GONZALEZ, todo de conformidad con lo establecido en el ordinal 2ª del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 108 numeral 7ª ejusdem, 34 ordinal 10ª de la Ley Orgánica del Ministerio Publico. Notifíquese a las partes y remítase en su oportunidad legal al Archivo Judicial. Cúmplase.

JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
DRA. MARIA MELVA GARCIA

La Secretaria,

Abg. Luisa Rattia de Mendoza
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria,

Abg. Luisa Rattia de Mendoza












Causa N° 2C-6251-05 (04-F09-0256-03)
MMG/EB/jean m._