REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN GUASDUALITO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL




TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
EXTENSIÓN GUASDUALITO



ACTA DE IMPOSICIÓN DE MEDIDA DE SEGURIDAD
En el día de hoy 09 de Febrero del año 2005, siendo las 2:20 minutos de la tarde, se lleva a cabo acta de imposición de medida de seguridad como consecuencia de decisión proferida por el Tribunal de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito en fecha 13 de Enero del 2004, y en donde señala dentro de su contenido que el ciudadano ROMY JOSÉ MICETT SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.081.127, debe someterse a las medidas de seguridad establecida en los artículos 75 y 76 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, es importante señalar en la presente acta, que este Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, acuerda a través de auto las medidas de seguridad señaladas en el artículo 75 y 76 ejusdem, al ciudadano ROMY JOSÉ MICETT SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.081.127,domiciliado en La Llanada Sector 2, vereda 3, casa 3, Cumana, Estado Sucre. Artículo 76: Cura o desintoxicación sin internamiento alternativo, de igual manera dicho ciudadano se compromete a comparecer ante la medicatura forense de la ciudad Cumana, Estado Sucre, a los efectos de que se le practique examen psiquiátrico forense y toxicológico, en el lapso de tiempo de seis meses y cuyo resultados deberá consignarlos por ante este Tribunal una vez que sean expedidos por los especialistas en la materia. No frecuentar sitios donde se expidan bebidas alcohólicas o sustancias Psicotrópicas. No portar armas blancas o armas de fuego. Comparecer por ante este Tribunal las veces que sea requerido. Y Yo ROMY JOSÉ MICETT SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad
Nº19.081.127, me comprometo a cumplir fielmente con todas y cada una de las medidas acordadas. Se le hace la salvedad expresa al ciudadano ROMY JOSÉ MICETT SUAREZ, que el incumplimiento de dichas medidas tendrá como consecuencia la revocatoria de la Medida de Seguridad impuesta.
El Juez de Ejecución

Dr. Miguel Padilla Bazo.
El Penado


Romy José Micett Suarez
La Defensora


Abg. Lorena Rodríguez
La Secretaria

Yrma Pérez
MPB/YP
Causa1E 328-05