REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
ACTA DE EJECUCIÓN
COMISIÓN N° 04-1569.-
En día de hoy, dieciocho de Febrero del año dos mil cinco, siendo las 9:45 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se traslado y constituyo el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en un lote de terreno ubicado en Jurisdicción del Municipio San Fernando, Parroquia el Recreo, de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure y cuyos Linderos son los siguientes; NORTE: Con la Carretera San Fernando a Arichuna en una Extensión de 100 mts; SUR: Con Fundo que es o fue del ciudadano Rafael Medina Salas en una extensión de 100 mts; ESTE: Con camino vecinal en una extensión de 300 mts y OESTE: Con terrenos que es o fueron del Consejo Municipal del Distrito San Fernando del Estado Apure, en una extensión de 300 mts.2;, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, y practicar la INSPECCIÓN JUDICIAL, solicitada por el ciudadano PABLO RODRÍGUEZ AMADOR, Extranjero, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° E-743.326, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio LUIS ARTURO HIDALGO RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 9.691.953, inscrito en el inpreabogado N° 87.343. Se notifica de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de Comisión a las ciudadanas ADERMIS JOANA AREVALO MARTÍNEZ y KARLA DEL VALLE GONZALEZ MARTÍNEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros 13.254.865 y 17.607.622, respectivamente; en su condición de ocupantes de los Ranchos que se encuentran en el lote de terreno donde se encuentra constituido este Tribunal. Seguidamente el Tribunal pasa a dejar constancia de los particulares a que se contrae la solicitud en los términos siguientes: en Cuanto al PRIMER PARTICULAR, el Tribunal deja expresa constancia que en el lote de terreno objeto de INSPECCIÓN se encuentran construidos diecisiete (17) ranchos de zinc, piso de tierra y una (1) construcción de bloque, de las cuales se encontraban habitadas siete (7) para el momento de la Inspección. En cuanto al SEGUNDO PARTICULAR, el Tribunal deja expresa constancia que las personas que se encuentran ocupando los ranchos no realizan ninguna actividad, quienes manifestaron que están en el lote de terreno por orden del INTI y por no tener vivienda. En cuanto al TERCER PARTICULAR, el Tribunal deja expresa constancia que se logro Identificar las siguientes personas: ADERMIS JOANA AREVALO MARTÍNEZ, titular de la Cedula de Identidad N° 13.254.865; KARLA DEL VALLE GONZALEZ MARTÍNEZ, titular de la Cedula de Identidad N° 17.607.622, IUHEN DARIO ARAGOZA, titular de la Cedula de Identidad N° 10.014.873; FLOR CASTILLO quien se negó a dar su N° de Cédula de Identidad, así como se negaron a Identificarse las demás personas que se encuentran ocupando los ranchos, pese de haber sido conminados a Identificarse por los agentes policiales, es todo. Concluida la misión del Tribunal da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural siendo las 11: 30 a.m.- Terminó, se leyó y conformes firman.- La Juez Prov. Dra. Ligia Puerta Valdez, El Solicitante y su Abogado Asistente, Pablo Rodríguez. Dr. Luis A. Hidalgo. Las Notificadas se negaron a firmar. Adermis Joana Arevalo. Karla Gonzalez. El jefe de la Com, Policial, Ángel Rodríguez C.I. 14.948.954. El Alguacil Temp, David Martínez. La Secretaria Dra. Maria Milagro Aranguren.-
Com; N° 4-1569.-
AF.-