REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
APURE
Mantecal, 24 de Febrero de 2005.-
194° y 146°
Comprobada como ha quedado la filiación entre el obligado: JOSÉ GREGORIO DÍAZ GARCÍA, y los beneficiarios: JOSÉ VICENTE DÍAZ SÁNCHEZ y GREBEL DIONELA DÍAZ SÁNCHEZ, hijos de éste con la ciudadana: BELKYS YOLANDA SÁNCHEZ de DIAZ, y habiéndose observado un lapso holgado como para determinar que las partes han convenido en lo acordado por ellos en fecha 06-12-2.004, según se evidencia en la exposición que riela al folio once.-
En consecuencia, este Juzgado DECRETA como pensión Alimentaria, a favor de: JOSÉ VICENTE DÍAZ SÁNCHEZ y GREBEL DIONELA DÍAZ SÁNCHEZ, en forma Definitiva, habida cuenta que se han llenado los extremos legales a que se contrae la Ley que rige la materia.-
Por consiguiente, haciendo uso del Precepto Constitucional contenido en los Artículos 26, y 257 de la Constitución Nacional, se abrevian estos lapsos y sin más formalismos queda de esta manera decretada la Obligación Alimentaria en forma definitiva a favor de los mencionados hermanos: JOSÉ VICENTE DÍAZ SÁNCHEZ y GREBEL DIONELA DÍAZ SÁNCHEZ, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 de Código de Procedimiento Civil; norma esta aplicable como subsidiaria de la Ley en vigor. Y así se decide.-
Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, fundamentado en las razones que anteceden, DECRETA como pensión Alimentaria, a favor de: JOSÉ VICENTE DÍAZ SÁNCHEZ Y GREBEL DIONELA DÍAZ SÁNCHEZ, en forma Definitiva, de conformidad con el Precepto Constitucional contenido en los artículos 26, y 257, y el Artículo 263 de Código de Procedimiento Civil.-
Diarícese, déjese copia, notifíquesele a las partes.-Cúmplase.-
La Jueza,
Abg. Carmen Dolores Marín
La Secretaria,
Teresa Y. Márquez de Laya
Nota: Seguidamente se publica la anterior decisión a la 1:30 p.m., en el mismo día de hoy: 24/02/2005.-Conste.-
Teresa Y. Márquez de Laya
Secretaria
CDM/dmr.-
Exp. No. 282-04.-
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