REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 23 de Febrero de 2005
193º Y 145º
CAUSA N° 2C-135-99
Vista la solicitud interpuesta por ante este Tribunal por el DR. JULIO CESAR CASTILLO BETANCORT e ISMENIA MENDEZ SANCHEZ, en su carácter de Fiscal de Titular y Auxiliar del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual como acto conclusivo de investigación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318, ordinales 4ª del Código Orgánico Procesal Penal, solicita se decrete el Sobreseimiento de la causa 2C-135-99, seguida contra: JESUS ALBERTO TOVAR MIRABAL, este Tribunal para decidir previamente observa: La presente averiguación se inicia el día 26-12-1999, mediante diligencia practicada por funcionarios adscritos al Comando Regional Nº 06, Destacamento 68, de la Guardia Nacional, quién establece”siendo las 09:45 horas de la noche, se presento ante ese comando el ciudadano PEREZ MARCANO VLADIMIR, a los fines de informar que un kiosco de expendio de bebidas alcohólicas ubicado en la Avenida Carabobo donde se realiza un Radio Maratón para recaudar fondos para los damnificados del Estado Vargas, se presento un ciudadano a comprar Tres Cervezas y cancelo con un billete de (10.000) bolívares, el cual es falso, por lo que Sali en compañía de un distinguido hasta donde se encontraba el mencionado kiosco procediendo a localizar al ciudadano que habia cancelado con el referido…”. El representante Fiscal tipifico el delito como CONTRA LA FE PUBLICA, previsto y sancionado en el artículo 299 ordinal 1ª del Código Penal Venezolano. En base a lo antes expuesto, considerando que el sobreseimiento de conformidad con lo pautado en el ordinal 4ª del Articulo 318 del Código Orgánico Procesal Penal establece que A PESAR DE LA FALTA DE CERTEZA, NO EXISTA RAZONABLEMENTE LA POSIBILIDAD DE INCORPORAR NUEVOS DATOS A LA INVESTIGACION Y NO HAYA BASES PARA SOLICITAR FUNDAMENTALMENTE EL ENJUICIAMIENTO DEL IMPUTADO como quiera la ley adjetiva penal, en su artículo 323 eiusdem, faculta al Juez para la emisión del respectivo pronunciamiento sin convocar a las partes a una Audiencia Oral. En consecuencia, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, conforme a lo establecido en el artículo 318, ordinal 4ª Y ASI SE DECIDE.
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando , Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por DR. JULIO CESAR CASTILLO BETANCOURT e ISMENIA MENDEZ SANCHEZ. En su carácter de Fiscal Titular y Auxiliar Segundo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a favor de ciudadano: CARLOS ALBERTO MIRABAL TOVAR, todo de conformidad con lo establecido en el ordinal 4 ° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes y remítase en su oportunidad legal al Archivo Judicial. Cúmplase.
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
DRA. MARIA MELVA GARCIA
La Secretaria,
Abg. Luisa Rattia de Mendoza
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria,
Abg. Luisa Rattia de Mendoza
Causa N° 2C-135-99 (04-F2-0337-99)
MMG/EB/jean m._