REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO

San Fernando de Apure, 12 de Julio del 2005
194º y 145º


Causa No. 1M-260-05
Juez: Dra. Elvia Rosa Castillo

I

Leoncio Valera Polanco, venezolano, mayor de edad, abogado, portador de la cédula de identidad No. 4.668.016, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 48.707 y con domicilio en esta ciudad; en su carácter de defensor del ciudadano JESÚS ORLANDO MEZA OLIVARES, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. 12.904.295 y domiciliado en la Urbanización Las Malvinas, sector el chorro, cerca del matadero en la ciudad de Achaguas, Municipio Achaguas de este Estado; quien se encuentra recluido en el Internado Judicial de esta ciudad, acusado por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual a Niñas, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños y Adolescentes, y porte ilícito de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal.
II
La defensa solicita al Tribunal se otorgue Cambio de Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad por alguna de las previstas en los artículos 257 o 258 del Código Orgánico Procesal Penal al acusado JESÚS ORLANDO MEZA OLIVARES.
Acompaña a la solicitud una constancia de trabajo del ciudadano Luis Rafael Herrera Sánchez, titular de la cédula de identidad No. 11.238.315, representante de la Empresa Mercantil “INVERSORA Y FERRETERÍA HERRERA”; una oferta de residencia presentada por el ciudadano RAFAEL BEZARA OCHOA, así como constancia expedida por Iván Eduardo Orozco en la cual informa que el hoy acusado fue trabajador en su finca desde enero 2002 hasta febrero 2004; asimismo constancia de buena conducta expedida por el destacamento Policial No. 02 con sede en Guasdualito Municipio Páez.
El Tribunal observa:

PRIMERO: Que en fecha 26-05-2005 se revisó la Medida a solicitud del Acusado, y desde ese momento hasta el presente no han transcurrido los tres (03) meses a que hace referencia el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: La oferta de residencia presentada por el ciudadano RAFAEL BEZARA OCHOA corresponde a la jurisdicción del Estado Guarico lo cual contraviene lo establecido en el artículo 260 de la ley adjetiva penal.

TERCERO: El oferente en materia laboral, no compareció ante este Tribunal a los fines de ratificar la oferta.

Por lo expuesto, quien decide considera SIN LUGAR la solicitud presentada por la defensa del acusado JESÚS ORLANDO MEZA OLIVARES y así lo decide.

III
Con base en los elementos de hecho y derecho anteriormente examinados, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio del Circuito judicial Penal del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el artículo 177 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara SIN LUGAR la solicitud presentada por la defensa del acusado JESÚS ORLANDO MEZA OLIVARES, portador de la cédula de identidad No. 12.904.295. Publíquese. Notifíquese. Cúmplase.-
LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO


Dra. ELVIA CASTILLO RODRIGUEZ

LA SECRETARIA,


GRECIA GARCIA


Seguidamente se dió cumplimento a lo ordenado

LA SECRETARIA,


GRECIA GARCIA,



Causa n° 1M-260-05
ECR/GG/eliana.