REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DE ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO DE APURE, QUINCE (15) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CINCO (2005).-
195° Y 146°
Visto el pedimento efectuado mediante diligencia por el ciudadano NELSON RAINIER RIVERO PUERTA, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio HECTOR ESPINOZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 99.529 y definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por este Tribunal en la presenta causa en fecha 14-03-05, se ordena su ejecución, en consecuencia el Tribunal acuerda expedir copias fotostáticas certificadas de la misma a las partes, de conformidad con lo establecido en los articulo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, igualmente se acuerda remitir copia certificada de ésta mediante oficios a las autoridades civiles competentes, Registro Principal del Estado Apure y Prefectura del Municipio San Fernando, a fin de que se sirvan estampar la nota marginal correspondiente en el Acta de Matrimonio Nº 246, de fecha 25-08-2000, inserto en los Libros de Registro Civil de Matrimonio llevados por la Prefectura del Municipio San Fernando, en el año 2000 correspondiente a los ciudadanos NELSON RAINIER RIVERO PUERTA y KARIMAR ZAYMILET GARCIA BRICEÑO. Líbrese lo conducente.-
La Juez Suplente Especial.
Dra. WIECZA SANTOS MATIZ.-
El Secretario.,
Dr. ERNESTO BOCANEY.-
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado en autos y se libraron oficios Nº 1670 y 1671.-
El Secretario.,
Dr. ERNESTO BOCANEY.-
Exp. 9.071
WSM/ELBO/Celenne
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