REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

ACTA DE EJECUCIÓN

COMISIÓN N° 5-1677.-

En día de hoy, diecinueve de Julio del año dos mil cinco, siendo las 9:50 a.m., conforme a lo acordado en el auto de fecha 19-05-2005, se traslado y constituyo el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en un lote de terreno ubicado en la prolongación de la Avenida Paseo Libertador de esta ciudad, San Fernando, Estado Apure, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el juicio de INTERDICTO DE AMPARO, seguido por los ciudadanos DANIEL UZZIEL VILLEGAS Y CLIVE DEL CARMEN SOLÓRZANO GONZÁLEZ, para ejecutar el Amparo a la posesión del querellante, el Desalojo y ordenar el cese de los trabajos de excavación y construcción en el mencionado lote de terreno. En este estado el Tribunal deja expresa constancia que el lote de terreno donde se encuentra constituido está totalmente desocupado, no habiendo persona alguna. Se encuentra la ciudadana MARY LUZ CONTRERAS ACOSTA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.195.990, en su condición de Consejera Principal del Consejo de Proteccion del Niño, Niña y Adolescente del Municipio San Fernando del Estado Apure; asi como también una comisión de la Policía integrada por cinco (05) funcionarios y una comisión de la Guardia Nacional del Comando del Regional N° 6, integrada por cinco (05) funcionarios. El Tribunal deja constancia que no se encuentra presente ningún representante de la Defensoria del Pueblo de esta Circunscripción Judicial, no obstante de haber sido requerida su presencia según oficio N° 05-582, de fecha 19-05-2005. Presentes en este acto los ciudadanos DANIEL UZZIER VILLEGAS PERALTA y CLIVE DEL CARMEN SOLÓRZANO GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros 9.649.502, y 10.620.164, respectivamente, en su condición de partes actoras, asistidas por los Abogados en ejercicio OCTAVIO JOSÉ BERMÚDEZ DÍAZ y ROGER JOSÉ POLANCO MALDONADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad, Nros. 4.140.178 y 15.512.933, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 16.199 y 108.078, respectivamente, quienes solicitan el derecho de palabra y concedidotes como les fue, expusieron: Solicitamos al Tribunal se sirva ejecutar las Medidas decretadas por el Tribunal de la Causa y nos posesione sobre el lote de terreno debidamente alinderado y medido en el Despacho de Comisión, previo el cumplimiento del Desalojo; así mismo pido el cese de los actos perturbatorios, es todo. El Tribunal vista la solicitud anterior hecha por las partes actoras Asistidas de Abogados, Administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, pone en posesión un lote de terreno constante de cuatrocientos doce metros cuadrados con cincuenta centímetros (412,50 Mts2), ubicado en la prolongación de la Avenida Paseo Libertador de esta ciudad de San Fernando de Apure, siendo los linderos particulares los siguientes: NORTE: Calle en proyecto, hoy construida con 15 Mts; SUR: Áreas verde, hoy casa de la familia Cordero con 15 Mts; ESTE: Paseo Libertador que es su frente con 27, 50 Mts; OESTE: Parcela del señor Manuel Tremon con 27, 50 Mts; objeto de restitución a los ciudadanos DANIEL UZZIER VILLEGAS y CLIVE DEL CARMEN SOLÓRZANO GONZÁLEZ, asistidos por los Abogados OCTAVIO JOSÉ BERMÚDEZ DÍAZ y ROGER JOSÉ POLANCO MALDONADO, antes identificados quienes estando presentes exponen: Recibimos conforme el lote de terreno que en este acto se nos entrega y nos pone en posesión este Tribunal Ejecutor. En cuanto a la Medida de Desalojo solicitada y al cese de los actos perturbatorios este Tribunal deja expresa constancia que no se ejecutaron, ya que al momento de constituirnos en el lote de terreno estaba totalmente desocupado y libre de personas y no teniendo ninguna otra diligencia que hacer y cumplida la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena la remisión de las presentes actuaciones al tribunal de la causa, asi como el regreso a su sede natural, siendo las 11:15 a.m.- Terminó, se leyó y conforme firman.- La Juez Prov; Dra. Ligia Puerta Valdez. Partes Actoras y sus Abogados Asistente, Daniel Uzzier Villegas. Clive del Carmen Solórzano. Dr. Octavio José Bermúdez. Dr. Roger José Polanco. La Com. Princ. del Cons de Prot. del N.N y A; Mary Luz Contreras. El Jefe de la Com. Policial, S/1ero. Gamarra José G. C.I. 9.873.170. El Jefe de Com. de la Guardia Nac.; S/2° Licone José. C.I 3.555.209. El Alguacil, Miguel Ángel Bravo. La Secretaria, Dra. Maria Milagro Aranguren.
COM: 5-1677.-
Rc.-