REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

DISPOSITIVA.


Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:


PRIMERO: Siendo el Ministerio Público el titular de la acción penal y teniendo el mismo la potestad de solicitar la aplicación del procedimiento ordinario o abreviado, conforme a las previsiones en artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, este tribunal considera ajustado a derecho la solicitud fiscal de que se prosiga la presente investigación por el procedimiento ordinario.

SEGUNDO: La Nulidad del acto de aprehensión a favor del ciudadano CARLOS JOSE ALVAREZ RODIRGUEZ, titular de la cedula de identidad 17.200.552, residenciado en sector el recreo, sector 01, calle principal, casa 813, de color verde, familia Rodríguez, nacido el 06-06-80, vive con su madre Emidda Rodríguez, al lado del señor Marcano que repara televisores, hijo de Emidda Rodríguez (v) y Ángel Monserrat (v) natural de San Fernando Estado Apure, con fundamento en los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se decreta la Libertad Plena del mismo.

TERCERO: Se mantiene en vigor el acta policial de fecha 11-07-05, que riela al folio 04 de la presente causa.

CUARTO: Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalia Cuarta del Ministerio Público trascurrido como sea el lapso de apelación correspondiente. Quedan notificadas las partes conforme a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad. Ofíciese lo conducente. Es todo. Termino se leyó y conforme firman.

JUEZ SEGUNDO DE CONTROL.

DR. JUAN ANIBAL LUNA.