REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
CORTE DE APELACIONES
San Fernando de Apure, 13 de Junio de 2005.-
195° y 146°
CAUSA N° 1As 1017-05.
PONENTE:
DRA. ANA SOFÍA SOLÓRZANO RODRÍGUEZ.
ACUSADO: JORGE ELIÉCER GONZÁLEZ CUADROS.
VICTIMA:
EL ESTADO VENEZOLANO.
DELITO: TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS (Calificación dada por el Tribunal de Juicio – Extensión Guasdualito).
REPRESENTACIÓN FISCAL: ABG. VICTOR ARGENIS GARCÍA FLORES, Fiscal Provisorio Décimo Segundo del Ministerio Público, sede Guasdualito.
DEFENSORES PRIVADOS: ABG. MARCO AURELIO BRICEÑO BECERRA Y ABG. JOSÉ NOLBERTO MORENO ARAQUE.
MOTIVO: APELACIÓN DE SENTENCIA.
I
Corresponde a esta Sala Única de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, pronunciarse de conformidad con el 437 del Código Orgánico Procesal Penal sobre la Admisión o no del Recurso de Apelación interpuesto en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 14-04-2005 y publicada el 22-04-2005, por el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Apure, Extensión Guasdualito, en la cual se condena al ciudadano JORGE ELIÉCER GONZÁLEZ CUADROS, a cumplir la pena de prisión de trece (13) años, por la comisión del delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
Para su admisibilidad la Corte de Apelaciones observa lo siguiente:
De los folios 02 al 18 del presente cuaderno separado riela escrito de apelación fundamentado en artículo 452, numerales 2, 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual es ejercido por los abogados MARCO AURELIO BRICEÑO BECERRA y JOSÉ NOLBERTO MORENO ARAQUE, contra la decisión dictada en fecha 14-04-2005 y publicada en fecha 22-04-2005 por el Tribunal A-quo; en tal sentido, se desprende que el recurso tiene legitimidad y agravio exigidos por la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 433 y 436 en su encabezamiento, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que esta Corte considera que el presente recurso es impugnable y recurrible de conformidad con lo establecido en el artículo 451 ejusdem, y así se decide.
Consta en certificación de fecha 17-05-2005, que desde el día 22-04-05 fecha en que fue publicada la sentencia, hasta el día 06-05-05 fecha en que fue interpuesto el recurso de apelación, transcurrieron (10) días hábiles; a saber, lunes 25, martes 26, miércoles 27, jueves 28, viernes 29, lunes 02, martes 03, miércoles 04, jueves 05 y viernes 06, lo que significa que los recurrentes interpusieron el recurso de apelación contra la sentencia en Tiempo hábil, por lo que se ejerció dentro del lapso legal y así se decide, todo ello de conformidad con el artículo 453 del Código Orgánico Procesal Penal.
Por todo lo expuesto, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: Admite la apelación ejercida por los abogados MARCO AURELIO BRICEÑO BECERRA y JOSÉ NOLBERTO MORENO ARAQUE, contra la sentencia dictada en fecha 14-04-2005 y publicada en fecha 22-04-2005, por el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Pena del estado Apure, Extensión Guasdualito, en la causa signada con el N° 1U229-05, seguida al acusado JORGE ELIÉCER GONZÁLEZ CUADROS, por ser impugnable y recurrible, conforme a lo establecido en el artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se fija la celebración de la audiencia Oral y pública para el día 20-06-2005 a las 10:00 horas de la mañana, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Provéase lo conducente. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sede de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en San Fernando de Apure, a los trece (13) días del mes de junio del año dos mil cinco (2005).
PATRICIA SALAZAR.
JUEZA PRESIDENTA DE LA CORTE DE APELACIONES
ANA SOFÍA SOLÓRZANO ALBERTO TORREALBA LÓPEZ
JUEZA SUPERIOR JUEZ SUPERIOR
(Ponente)
KATIUSKA SILVA
SECRETARIA.
CAUSA 1As 1017-05
ASS/carlos.-