REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
CORTE DE APELACIONES

San Fernando de Apure, 02 de Junio de 2005.-

195° y 146°

CAUSA N° 1As 870-04.

PONENTE:
DR. ALEXIS RAFAEL MORENO LÓPEZ.
ACUSADO: EULER JAVIER NARVÁEZ HERNÁNDEZ.

VICTIMA:
GUSTAVO ADOLFO RODRÍGUEZ ESTÉ. (Occiso)

DELITO: HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE Y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO (Calificación dada por el Tribunal Segundo de Juicio del estado Apure).
REPRESENTACIÓN FISCAL: ABG. GLADYS AMELIA FELITAS, Fiscal Primero del Ministerio Público.

ABOGADOS DEFENSORES: JUAN PERNIA CAMPOS Y NEOMAR NARVÁEZ.

QUERELLANTES: JESÚS ANTONIO MATERAN GRAU Y OLGA YUDITH DE MATERAN.

MOTIVO: APELACIÓN DE SENTENCIA.

I

Corresponde a esta Sala Única de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, pronunciarse de conformidad con el 437 del Código Orgánico Procesal Penal sobre la Admisión o no del Recurso de Apelación interpuesto en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 07-06-2004 y publicada el 21-06-2005, por el Tribunal Mixto Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Apure, mediante la cual declara culpable y condena a trece (13) años de prisión al acusado EULER JAVIER NARVÁEZ HERNÁNDEZ, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 407 y 282 del Código Penal.

Para su admisibilidad la Corte de Apelaciones observa lo siguiente:

De los folios 2059 al 2061 de la presente causa riela escrito de apelación fundamentado en los artículos 433, en su encabezamiento, 435 y 436 en su encabezamiento, en concordancia con el 451 y 452, numeral 4, todos del Código Orgánico Procesal Penal, el cual es ejercido por los abogados JUAN PERNIA CAMPOS y NEOMAR NARVÁEZ, en su condición de defensores privados del acusado EULER JAVIER NARVÁEZ HERNÁNDEZ, contra la sentencia dictada en fecha 07-06-2004 y publicada en fecha 21-06-2004 por el Tribunal A-quo; en tal sentido, se desprende que el presente recurso tiene la condición de legitimidad y agravio exigidos por la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 433 y 436 en su encabezamiento, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que esta Corte considera que el presente recurso es impugnable y recurrible de conformidad con lo establecido en el artículo 451 ejusdem, y así se decide.
Consta en certificación de fecha 19-07-2004, que desde el día 21-06-04 fecha en que se publicó la sentencia en la causa 2M-188-03 del Tribunal Segundo de Juicio, hasta el día 06-07-04 fecha en que fue interpuesto el recurso de apelación, transcurrieron siete (07) días de audiencia; lo que significa que el recurrente interpuso el recurso de apelación contra la sentencia en Tiempo hábil, por lo que se ejerció dentro del lapso legal y así se decide, todo ello de conformidad con el artículo 453 del Código Orgánico Procesal Penal.

Por todo lo expuesto, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: Admite la apelación ejercida por los abogados JUAN PERNIA CAMPOS y NEOMAR NARVÁEZ, en su carácter de defensores del acusado EULER JAVIER NARVÁEZ HERNÁNDEZ, contra la decisión dictada en fecha 07-06-2004 y publicada en fecha 21-06-2004, por el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Pena del estado Apure, por ser impugnable y recurrible, conforme al artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se fija la celebración de la audiencia Oral y pública para el día 13-06-2005 a las 09:30 horas de la mañana, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Provéase lo conducente. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sede de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en San Fernando de Apure, a los dos (02) días del mes de junio del año dos mil cinco (2005).


ANA SOFÍA SOLÓRZANO RODRÍGUEZ

JUEZA PRESIDENTA DE LA CORTE DE APELACIONES




JUAN ANIBAL LUNA ALEXIS RAFAEL MORENO LÓPEZ
JUEZ SUPERIOR JUEZ SUPERIOR
(Ponente)




KATIUSKA SILVA

SECRETARIA.


CAUSA 1As 870-04
ARML/KS/carlos.-