REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
De la Circunscripción Judicial del Estado Apure

ACTA DE EJECUCIÓN

COMISIÓN Nº 05-1639.-

En el día de hoy, seis de Junio del año dos mil cinco, siendo las 10:45 a.m, conforme a lo acordado en el auto de fecha 01-06-2005, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el Comando de la Policía del Municipio Biruaca del Estado Apure, ubicado en la Calle Principal, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, librada en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, instaurado por el ciudadano BRACHO ESPINOZA ERALDO EMIRO, contra el ciudadano DI GEMMA YLLAS JUAN JOSÉ para practicar la Medida de Embargo Ejecutivo decretada por el comitente. Se notifica de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de Comisión al cabo primero JESÚS ABEL LAYA CORRALES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 4.999.822, en su condición de Jefe de Servicios. Se encuentra una (01) comisión policial integrada por dos (02) funcionarios. Presente en este acto el Abogado en ejercicio ERALDO EMIRO BRACHO ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 3.371.688, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.104, quien solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue, expuso: Señalo para ser Embargado Ejecutivamente el vehículo que tiene a la vista y cuyas características son las siguientes: PLACA: OAI34N; SERIAL DE CARROCERÍA: 8YPBP01C928A24486; SERIAL DEL MOTOR: 2A24486; MARCA: FORD; MODELO: FIESTA 1.6; AÑO: 2002; COLOR: GRIS; CLASE: AUTOMÓVIL; TIPO: SEDAN; USO: PARTICULAR; asi mismo solicito designe como Depositario Judicial al ciudadano WILLIAM ENRIQUE PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 9.874.264 y como Perito Avaluador al ciudadano ADALBERTO JOSÉ MEDINA MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 9.595.734, de profesión Técnico Superior en Mecánica Automotriz, es todo. El Tribunal vista la solicitud anterior hecha por el Abogado Actor procede a designar como Depositario Judicial al ciudadano WILLIAM ENRIQUE PÉREZ, antes identificado y como Perito Avaluador al ciudadano ADALBERTO JOSÉ MEDINA MENDOZA, antes identificado, quienes estando presentes juraron cumplir bien y fielmente con los deberes y derechos inherentes al cargo y aceptaron el mismo. Acto seguido, el Tribunal le solicita al Perito Avaluador designado que proceda a hacer el avalúo y determine las características del vehículo señalado por el Abogado Actor, el Perito Avaluador solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue, expuso: Una vez Inspeccionado el vehículo el mismo corresponde a las siguientes características: PLACA 0AI34N; SERIAL DE CARROCERÍA: 8YPBP01C928A24486; SERIAL DEL MOTOR: 2A24486; MARCA: FORD; MODELO: FIESTA 1.6; AÑO: 2002; COLOR: GRIS; CLASE: AUTOMÓVIL, y consigno en este acto impresión digital, así mismo procedo a valorarlo prudencialmente por la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 10.000.000,00). El Tribunal visto el señalamiento anterior hecho por el Abogado Actor y el avalúo hecho por el Perito Avaluador designado, habiéndose constatado según instrumental que corre inserta a los folios del 6 al 9 del presente Despacho de Comisión la propiedad del ejecutado ciudadano JUAN JOSÉ DI GEMMA YLLAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Formalmente Embargado Ejecutivamente el vehículo antes señalado y descrito, declarando la desposesión Jurídica del mismo. El Tribunal procede a hacerle la entrega del bien Embargado anteriormente al Depositario Judicial designado, quien estando presente lo recibe conforme y manifiesta que lo mantendrá a la orden del Tribunal de la Causa en la siguiente dirección: Hacienda Santa Rosa, sector Biruaquita Sabana de las escorzoneras, Municipio Biruaca, Estado Apure. Concluida la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena remitir el presente Despacho de Comisión con todas sus actuaciones al Tribunal de la causa, así como se deja constancia que fueron entregados los documentos de propiedad del vehículo Embargado en este acto instrumento que se acompaña a la presente acta y se ordena agregar a los autos y acuerda el regreso a su sede natural, siendo la 1:00 p.m.- Terminó, se leyó y conforme firman.- La Juez Suplente Especial. Dra. Wiecza Santos Matiz. El Abogado Actor. Dr. Eraldo Emiro Bracho. El notificado. Jesús Abel Laya C/1ero. El Depositario Judicial. William Enrique Pérez. El Perito Avaluador. Adalberto José Medina. El Jefe de la Com. Policial. S/1° Gamarra José G. C.I. 9.873.170. El Alguacil Acc. Arturo Fontaines. La Secretaria. Dra. Maria Milagro Aranguren.-

COM – N° 5-1639.-
Af.-*