REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos:

PRIMERO: Se decreta la Flagrancia, conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; así mismo, Proseguir la fase preparatoria y la secuela del proceso en la presente causa por el procedimiento ordinario; todo ello de conformidad a lo establecido a las previsiones del encabezamiento del articulo 373 ejusdem.

SEGUNDO: Se Decreta con lugar, la solicitud del Fiscal a la cual se adhiere la defensa, en relación a la imposición de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a favor del imputado JOEL NAVARRO CAMERO, Titular de la cédula de identidad N° 15.548.129, natural de San Fernando Estado Apure, nacido en fecha 18/04/80, residenciado en la A.V. Fuerzas Armadas con calle la Miel al final casa N° 08. A dos cuadras de la escuela Básica “Mag- Gregor” consistente en presentaciones cada Quince (15) días por el lapso de seis (06) meses, por ante el área de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.
Cuarto: Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalia Novena del Ministerio Público transcurrido como sea el lapso de apelación correspondiente. Quedan notificadas las partes conforme a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad. Ofíciese lo conducente. Es todo. Termino se leyó y conforme firman.
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
DR. JUAN ANIBAL LUNA
EL FILSCAL DECIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO

DR. JOSÉ DOMINGO RUIZ SOJO


EL IMPUTADO

JUAN CARLOS CASTROL



EL DEFENSOR

DR. FRANK REINALDO TOVAR



LA SECRETARIA

GRECIA G GARCIA R


CAUSA 2C-6737-05
JALI/GGGR