ACTA DE INHIBICIÓN


Quien suscribe DRA. ANA SOFÍA SOLÓRZANO RODRÍGUEZ, Jueza Superior Temporal de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, por medio de la presente acta que se levanta a tenor de lo dispuesto en el artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal, manifiesto mi voluntad de inhibirme del conocimiento y decisión de la presente causa signada bajo el N° 1Inh-881-04, con vista de que entre mi persona y la madre de la víctima, existe amistad manifiesta lo que me impide decidir con la imparcialidad y ecuanimidad requerida a una sana administración de justicia. Ahora bien, a criterio de quien aquí se inhibe, se configura en este caso, la causal de inhibición prevista en el artículo 86 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, y que al texto contiene:

“4°. Por tener con cualquiera de las partes amistad o enemistad manifiesta”.

En consecuencia, considero procedente apartarme del conocimiento de la causa, pasando los autos a otro Juez de la Corte que conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial dirima la presente incidencia.

En la ciudad de San Fernando a los siete (07) días del mes de Marzo del año 2.005.



LA JUEZA INHIBIDA,


ANA SOFÍA SOLÓRZANO RODRÍGUEZ




1Inh-881-04.
ASSR/carlos.-