REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
EXTENSIÓN GUASDUALITO

Guasdualito, 21 de marzo de 2.005.
194º y 146º

Causa 1E53-99.-
COMPUTO DE EJECUCIÓN DE LA PENA
Visto lo ordenado en el auto anterior y procediendo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal procede a efectuar el cómputo de la pena al Penado: GILBERTO ENRRIQUE TROMPETERO, venezolano, mayor de edad, soltero, con Cédula de Identidad Nº V-14.018.972, natural de la Victoria, Estado Apure.
Condenado por el delito de: ROBO A MANO ARMADA, LESIONES PERSONALES LEVES Y PORTE ILÍCITO DE ARMA, previstos y sancionados en los artículos 460,418 y 278 del Código Penal venezolano, por el Juzgado de Primera Instancia con competencia Múltiple de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha 16 de Junio de 1999.
PENA IMPUESTA: Seis (06) años, dos (02) meses, Cinco (05) días y Cinco (05) horas de Presidio.
PENA CUMPLIDA: Cinco (05) años, Cuatro (04) meses, Veinticinco (25) días.
PENA POR CUMPLIR: 09 meses, 09 días, 05 horas.
FECHA EN QUE CUMPLE LA PENA: 31 de Diciembre de 2005 a las 05:00 horas de la mañana.
Observa este Tribunal que el penado ha cumplido una pena de Cinco (05) años, Cuatro (04) meses, Veinticinco (25) días, de conformidad con lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, le proceden todos los beneficios señalados en la norma objetiva como DESTACAMENTO DE TRABAJO, REGIMEN ABIERTO Y LIBERTAD CONDICIONAL hasta la fecha de hoy, el penado podrá, de conformidad con el artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal, redimir la pena de acuerdo a la Ley de redención Judicial por el Trabajo y por el Estudio, a razón de un (01) día de prisión, por dos (02) días de trabajo o Estudio. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público y al Defensor, para que en el lapso de cinco (05) días hábiles, concurran al Tribunal a solicitar cualquier modificación.
El Juez de Ejecución,

Dr. MIGUEL PADILLA BAZÓ.-
La Secretaria,

Abog. Abg. Indira Vivas.
MPB/IV/fmg.-

“1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO
DEL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR EN EL MONTE SACRO”