REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO (30) DE MARZO DEL DOS MIL CINCO (2005).-


194° y 146°

Vista la diligencia de fecha 17-03-05 suscrita por la ciudadana BENILDE BRANT, en la cual consigna copia fotostática emanada de la Alcaldía del Municipio Achaguas en la cual informa que el mencionado organismo a decidido a prescindir de sus servicios, notificándole que debe pasar por la oficina de personal retirando las Prestaciones Sociales correspondientes, este Tribunal de conformidad con lo solicitado en el auto de admisión en fecha 11-03-05 decreta, el embargo preventivo sobre el 50% de las Prestaciones Sociales que pueden corresponderle al ciudadano demandado ANTONIO CORREA, considerando quien aquí decide que se encuentra demostrado en autos con las pruebas consignadas, la presunción grave del derecho que se reclama y el peligro de que quede ilusoria la ejecución del fallo en el sentido de asegurar a la cónyuge el 50% de las Prestaciones Sociales que pudieren corresponderle como bien de la comunidad conyugal, tal como lo establecen los artículos 156 Ordinal 2do. y 191 Ordinal 3ero. del Código Civil Venezolano, en concordancia con el articulo 585 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena librar oficio al Organismo Empleadora a los fines de resguardar el mencionado bien. Se ordena abrir cuaderno de Medidas con encabezamiento del presente auto. Cúmplase. Líbrese lo conducente.-

La Juez Prov.,

Dra. MARGARITA CASTILLO

El Secretario

DR. ERNESTO BOCANEY

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado
El Secretario

DR. ERNESTO BOCANEY
EXP. N° 11.689
MC/ELBO/sore