REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE

TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 11 de Mayo de 2.005

195º y 146º

AUDIENCIA ESPECIAL
CAUSA N°
2C-212- 00
JUEZ : DRA. NORKA MIRABAL RANGEL
FISCAL: DRA. VERONICA ROSARIO CASTELLANOS, FISCAL CUARTA DEL MINISTERIO PÚBLICO. (ENCARGADA)
DEFENSOR PUBLICO: DR. JACKSON CHOMPRE
VÍCTIMA : INTERNADPO FRAY BUENAVENTURA BENOACAZ
SECRETARIA: AB. TAIBETH CASTELLANO
DELITO: CONTRA LA PROPIEDAD
IMPUTADO (S) CABRERA VARGAS JULIAN


En el día de hoy, Once (11) de Mayo de 2005, siendo las 03:20 horas de la tarde oportunidad fijada para realizarse la Audiencia Especial, en virtud de la Aprehensión realizada por los funcionarios de la Subdelegación “A” del Estado Apure. Seguidamente la ciudadana DRA. NORKA MIRABAL RANGEL Juez del Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Control N ° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, expone : “Vista la designación mediante oficio N° PCJP 229-05, emanado de la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en el cual se me autoriza al avocamiento en relación a las causas del Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Control N ° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, que ameriten celeridad por cuanto la ciudadana Juez adscrita al Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Control N° 2 de este Circuito Judicial Penal DRA: MARIA MELVA GARCIA, se encuentra de reposo medico, sin que a la fecha el Tribunal Supremo de Justicia, hubiere nombrado suplente y en aras de no paralizar la Justicia, en consecuencia, doy inicio a la presente audiencia. Seguidamente la ciudadana Juez, solicita a la ciudadana secretaria verificar la presencia de las partes; quien expone: “Se encuentra presente la Fiscal Cuarta del Ministerio Público (Encargada) DRA. VERONICA ROSARIO CASTELLANOS, el Defensor Público DR. JACKSON CHOMPRE y el imputado CABRERA VARGAS JULIAN. Seguidamente la ciudadana Juez, expone: “Revisada como ha sido la presente causa, se evidencia que en fecha 22-12-04 se realizo Audiencia Especial en virtud de la aprehensión del imputado CABRERA VARGAS JULIAN, acordada en virtud de que el mismo incumplió con la suspensión Condicional del Proceso, acordada en fecha 10-03-2000; el cual en la fecha arriba antes mencionada fue extendido por el lapos de un (01) año, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 46 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, acordándose igualmente dejar sin efecto la aprehensión acordada en fecha 19-07-2004, librándose oficio a la Comandancia de la Policial en fecha 22-12-04 y 26-01-2005 Nros: 2C-2559-04 y 112-05, respectivamente, y el mismo no fue excluido de pantalla (S. I. I. P. O. L), en tal sentido este Tribunal Primero de Control Acuerda: La Libertad Plena del ciudadano CABRERA VARGAS JULIAN, y ratificar los oficios antes mencionados, así como enviar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub. Delegación “A” San Fernando Estado Apure, al Jefe del la División de capturas del cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas (C. I. C. P. C.) y al destacamento 68 de la Guardia Nacional de Venezuela, a los efectos de que el imputado sea excluido de pantalla. Igualmente, se acuerda mantener la presente causa en el Tribunal de origen. Quedan Notificados los presentes. Ofíciese lo conducente. Termino se leyó y conforme firman.
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL,

DRA. NORKA MIRABAL RANGEL.