REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE. SAN FERNANDO DE APURE (12) DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CINCO (2005).-

195° Y 146°


Visto el contenido del acta que antecede, suscrita por los ciudadanos GONZALEZ RANGEL ROGERS REINALDO y MONTENEGRO MAYAUDON CRISTAL YOSELIN, venezolanos, y titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 13.938.108 y V-13.459.273 mediante el cual el padre se compromete a cancelar la suma de NOVENTA MIL BOLIVARES (90.000,oo) mensuales, pagadero semanal, de Obligación Alimentaria a favor de su hijo CRISTIAN REINALDO GONZALEZ MONTENEGRO, sumas que serán depositadas en el Banco Industrial de Venezuela ordenada aperturar por este Tribunal, mas aportes extras por la suma de CIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.150.000,00) por concepto de Bono Vacacional y bono de Decembrino, en los meses de Septiembre y Diciembre. Así mismo convinieron que el Régimen de Vistas por parte del padre: el padre retirara el niño CRISTIAN REINALDO GONZALEZ MONTENEGRO, por el hogar de la madre el día sábado a partir de las 8:00 a.m y lo regresa de nuevo al hogar de la madre el Domingo a las 2:00 P.M., y a partir del mes de Junio del presente año el padre retirara al mencionado niño el día Viernes a las 6:00 p.m y lo regresara al hogar de la madre el día Domingo a 2:00 p.m.- Se HOMOLOGA dicho convenimiento en los términos expuestos por las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, se acuerda apertura cuenta de ahorro en el banco Industrial de Venezuela, en concordancia con el 387 Ejusdem. Líbrese oficio al Organismo. Cúmplase.-




EL JUEZ PROV.


DR. CASTOR JOSE UVIEDO
EL SECRETARIO

ABG. RAMON RIVAS
EN ESTA MISMA FECHA SE DIO CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO
EL SECRETARIO

ABG. RAMON RIVAS

Exp: 11.466.-
CJU/carmen.-